Ciudad de México.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó, por unanimidad de votos, ordenar a María Alejandra Barrales Magdaleno,separarse del cargo de presidenta nacional del Partido de la Revolución Democrática(PRD), a más tardar el 9 de diciembre por ocupar la dirigencia mientras ejercía un cargo de elección popular.
A través de un comunicado de prensa, el TEPJF detalló que esta sentencia se establece que, en el supuesto de que antes del 9 de diciembre Barrales Magdaleno exhiba al Comité Ejecutivo Nacional del PRD la solicitud de licencia a su cargo de Senadora, ella podrá continuar en el cargo de dirigencia nacional hasta el 11 de diciembre de 2017, teniendo en cuenta que, de conformidad con la resolución del incidente de imposibilidad de cumplimiento de la sentencia del juicio SUP-JDC-633/2017, esa es la fecha en la que, a más tardar, “la nueva dirigencia deberá rendir protesta e iniciar funciones formal y materialmente”.
“Al resolver el SUP-JDC-840/2017 y acumulado, promovido por Carlos Sotelo, el Pleno del TEPJF indicó que, de separarse antes de la fecha mencionada, los órganos competentes del PRD deberán conducirse conforme a las normas estatutarias respectivas para ocupar la ausencia temporal correspondiente”. TEPJF.
La resolución puntualiza que de no apartarse de la presidencia antes del 9 de diciembre, Barrales deberá presentar la constancia de licencia al cargo de senadora, al menos hasta el 11 de diciembre, fecha en el cual se deberá tomar protesta a la nueva dirigencia del PRD.
#Boletín | Ordena #TEPJF a Alejandra Barrales separarse de la presidencia del #PRD: https://t.co/eHMcDPBVGp pic.twitter.com/EFspQXjmhv
— TEPJF (@TEPJF_informa) 29 de noviembre de 2017
En principio, cuando Barrales ocupó la presidencia interina del PRD en julio de 2016, pidió licencia como senadora, tal y como lo señalan los estatutos del Sol Azteca; sin embargo, en marzo de 2017 regresó a su cargo de legisladora con el aval de la Comisión Jurisdiccional que le otorgó una excepción para no aplicarle la normatividad interna.