Suprema Corte de Justicia despenaliza aborto por violación; se deberá llevar a cabo en los primeros 90 días de la gestación
Ciudad de México.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), resolvió por unanimidad despenalizar el aborto en caso de violación, por lo que la interrupción del embarazo se deberá llevar a cabo en los primeros 90 días de la gestación.
El resolutivo emanó tras un amparo promovido por una menor de edad con parálisis cerebral a quien en el 2018 se le negó la posibilidad de abortar, pese a que fue víctima de una violación.
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La menor solicitó el aborto en la semana 23, es decir, después de los 90 días, motivo por el cual, se le había negado la posibilidad.
No obstante, se argumentó que se le negó el derecho debido a que, por la condición de su salud mental, podría representar un mayor riesgo la intervención quirúrgica.
Sin embargo, ante el amparo promovido por la madre de la menor, se alegó que el embarazo también representaba un riesgo para la salud física y mental de ella.
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A pesar de que se le practicó el aborto a la menor, la negativa inicial fue el motivo por el que se promovió el juicio de amparo que llegó hasta los tribunales federales.
En los estados de Chiapas, Veracruz, Baja California, Quintana Roo, Chihuahua, Hidalgo y Colima, los códigos penales establecen como límite temporal para el aborto en caso de violación, 90 días, mientras que en Michoacán y Coahuila se establece un plazo de 12 semanas, es decir 84 días.