Consejeros consideraron que el fallo del TEEM afecta el principio constitucional de paridad, y los lineamientos del IEM para candidaturas paritarias
Morelia, Michoacán.- El Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán (IEM), dio cumplimiento la mañana de este miércoles con una sentencia impuesta por el Tribunal Electoral del Estado (TEEM) con la que, de acuerdo a los consejeros electorales, se atenta contra el principio de paridad.
La sentencia del TEEM parte del juicio ciudadano TEEM-JDC-098/2024 por el que se impugnó el acuerdo IEM-CG-190/2024. Ahí el Instituto
Al determinarse que correspondía la candidatura a una mujer, el acuerdo del IEM pasó a afectar a Armando Páez Pille que era el abanderado a la presidencia municipal de Charo por el PAN, PRI y PRD, por lo que promovió el juicio al Tribunal y obtuvo fallo a favor el pasado 12 de mayo.
En la sesión del Consejo General del IEM de este miércoles, los consejeros manifestaron su desacuerdo con la sentencia del Tribunal, la que –sostienen- afecta el principio de paridad. No obstante por tratarse de un mandato del órgano jurisdiccional, dieron cumplimiento.
La consejera Carol Arellano Rangel, dejó en claro de entrada, no compartir el fondo de la sentencia del TEEM, pues consideró que con ésta se incumplen los Lineamientos para el cumplimiento del Principio de Partida de Género, en la postulación de candidaturas a cargos de elección popular del estado, para este proceso electoral
Explicó que en el inciso B, del artículo 22 de los referidos Lineamientos, se establecen los criterios para los bloques de competitividad que no se están cumpliendo en el fallo del Tribunal.
Cabe apuntar que los Lineamientos en la porción aludida por la consejera, establecen que: “Si uno, dos o los tres bloques son impares, se deberá postular en el número mayor que resulte planillas encabezadas por el género femenino, siempre y cuando se cumpla con la paridad de género en su conjunto”.
“El hecho de que ahora se valide que la candidatura prevalezca, violenta el principio de la paridad de género consagrado en la Constitución y en nuestros lineamientos, no comparto la sentencia pero la acato”.
Carol Arellano Rangel, consejera
El consejero Juan Adolfo Montiel Hernández coincidió con la inconformidad por los argumentos de la sentencia del Tribunal, “el artículo 41 de la Constitución establece que debe haber paridad, 50 por ciento de un género y otro por lo menos”.
Recalcó que la sentencia del TEEM no es una que favorezca a las mujeres, “se está permitiendo una planilla encabezada por un hombre y con eso la balanza no se está cumpliendo en sus candidaturas comunes (de PRI-PAN-PRD) con la paridad, tendrían que ser más las mujeres, y al final quedan 24 hombres y 23 mujeres”.
Al final el Consejo General votó a favor de la restitución de la candidatura a la presidencia municipal de Charo para Armando Páez Pille, acatando así el fallo del Tribunal.