- El proyecto de decreto de Ley General en Materia de Trata de Personas fue devuelto a la colegisladora.
- Senadora Adriana Dávila Fernández llama a “quitarle toda carga político-electoral” a una Ley que hoy es inoperante.
El Pleno del Senado de la República aprobó un dictamen que modifica la minuta que envió la Cámara de Diputados para reformar diversas disposiciones de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas.
El proyecto de decreto fue devuelto a la Cámara de Diputados en virtud de que la minuta que ésta envío al Senado tuvo cambios.
Al presentar el dictamen, que se aprobó en lo general con 90 votos a favor y dos abstenciones, la senadora Adriana Dávila Fernández explicó que se insistió en la redacción original que el Senado planteó a la colegisladora para los artículos 2, 3, 7, 9, 10, 11, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 22, 24, 28, 28-Bis, 30, 31, 36, 42, 66 y 97, a fin de definir con mayor claridad el tipo penal en esta materia.
La presidenta de la Comisión contra la Trata de Personas dijo que las dos cámaras del Congreso de la Unión coincidieron en las modificaciones a 66 artículos del ordenamiento vigente, y que de los cambios que realizó la Cámara de Diputados, en 22 de ellos los senadores están de acuerdo, pues habían mejorado su redacción.
Dávila Fernández hizo un llamado a los diputados “para quitarle toda carga político-electoral” a una Ley que hoy es inoperante. “Estas modificaciones que estamos proponiendo serán un instrumento mejor para poder tener a las tratantes en la cárcel”, agregó.
En el documento aprobado se menciona que se hace necesaria una reingeniería legal al artículo 10, a fin de establecer claramente el delito de trata de personas y lo que se entiende por explotación de una persona en sus diversas formas como la esclavitud, la condición de siervo, la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, el trabajo o servicio forzado y la mendicidad forzosa.
Así como la utilización de personas menores en actividades delictivas, el matrimonio forzoso o servil, así como el nacimiento de un menor y la separación de su madre, la extracción de un órgano tejido o su componente, célula o fluido humano, la realización de ensayos o experimentos biomédicos, clínicos o farmacéuticos y el alistamiento de menores de edad para un conflicto armado.
Plantea, entre otras sanciones, una pena de 10 a 25 años de prisión a quien consiga, capte, enganche, transporte, traslade, aloje, reciba, retenga, entregue, oculte, reclute o transfiera a una persona con fin de explotación, mediante amenaza, uso de la fuerza u otra forma de coacción, engaño seducción, abuso de poder.
Precisa que también se entiende por explotación de una persona la utilización de ésta en un conflicto armado.
Propone una pena de cinco a 10 años de prisión a quien tenga o mantenga una persona en condición de servidumbre. Además, será sancionado con pena de 15 a 30 años de prisión a quien explote o se beneficie de la prostitución ajena, la pornografía, la exhibición pública o privada de orden sexual, el turismo sexual o cualquier otra conducta de carácter sexual.
Del mismo modo, impone una sanción de 10 a 15 años de prisión a quien someta o engañe a una persona para realizar cualquier servicio sexual o cualquier acto pornográfico, así como cárcel de 4 a 10 años a quien explote a una mujer con el fin de gestar una niña o un niño para que, después de nacido, sea separado de su madre o se entregue a un tercero.
También establece de 5 a 15 años de prisión y de un mil a 20 mil días multa a quien dirija, gestione o edite un medio impreso, electrónico, cibernético o cualquier otro medio de comunicación que difunda publicidad ilícita o engañosa para facilitar, promover o procurar cualquiera de las conductas delictivas objeto de esta ley.
El dictamen estima necesario que la Procuraduría General de la República (PGR) elabore un programa de protección para ofrecer cambio de identidad o reubicación a víctimas y testigos de los delitos, cuya integridad pueda estar amenazada.
Además, plantea que la PGR, a través de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada, cuente con una Coordinación General para la investigación y persecución de los delitos objeto de esta Ley, cuando sean cometidos por la delincuencia organizada, que contará como mínimo con un coordinador general, fiscales, ministerios públicos y policías ministeriales especializados, los recursos humanos, financieros y materiales necesarios para su efectiva operación.
La asamblea incluyó cambios a los artículos 8, 48 y 66 al dictamen de las comisiones, para precisar, entre otros aspectos, que “el término de prescripción de los delitos en materia de esta ley, se regirá conforme a lo establecido en el Código Penal Federal, salvo que la víctima sea una persona menor de 18 años de edad o que no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho o no tenga capacidad para resistirlo”.
El senador Fernando Yunes Márquez, presidente de la Comisión de Justicia, aseguró que con este dictamen se está construyendo un proceso que marcará paradigmas positivos en la historia del país y en la lucha contra la trata de personas; en temas como este, subrayó, no podemos guiarnos por tendencias o ideologías políticas.
Como senadores, dijo, es nuestro deber emitir normas jurídicas progresistas, protectoras y garantistas de los derechos humanos, es ello, señaló, una obligación que la Constitución nos mandata; “como legisladores tenemos la obligación que mediante normas eficaces establezcamos un orden jurídico útil y eficiente para hacer frente esta actividad ilícita que denigra directamente la dignidad de las personas”, expresó.
La senadora Angélica de la Peña Gómez, presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, enfatizó que la trata y la explotación son crímenes que crucifican a las personas y quienes comenten estos delitos convierten a sus víctimas en objetos de los que tienen beneficios despojándoles de su más elemental que tiene una persona, su dignidad humana.
Ante esta atrocidad, enfatizó, es imprescindible que el Estado tome las medidas necesarias para sancionar estas conductas y de ahí la importancia del diseño del marco legislativo, que responda a la necesidad de sancionar debidamente dichos delitos, de erradicarlos y de brindar justicia y reparación de daños a las víctimas. Con esto, aseguró, el Senado está cumpliendo con las recomendaciones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en esta materia.
La senadora Lucero Saldaña Pérez, del Grupo Parlamentario del PRI, desatacó que este dictamen responde a todas las recomendaciones, interrogantes y demandas que en materia de derechos humanos y contra la trata de personas se han hecho al país.
Expresó que hoy en el Senado se llega a un “gran consenso” sobre lo recibido por parte de la Cámara de Diputados y aseguró que con las modificaciones no saldrán de prisión aquellas personas que se encuentran detenidas por este delito.
El senador Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario del PT, dijo que la corrupción e impunidad que garantiza el sistema político y jurídico permite que delitos como la trata de personas se diversifique y las ganancias aumenten, además de que no existan cifras oficiales exactas sobre el número de víctimas de esta práctica.
Del Senado, agregó, deben surgir las leyes que más se acerquen a la realidad social y sean capaces de solucionar este tipo de problemáticas que aquejan al país.
La senadora del PT, Layda Sansores San Román dijo que esta ley es el resultado de un enorme esfuerzo que se ha hecho en la materia y que deben estar bajo constantes cambios, “a fin de mantener la dinámica que impone un delito que cada día se agrava más en nuestro país”.
Mi reconocimiento a la senadora Adriana Dávila Fernández porque sabemos que arriesga su integridad, la paz de su familia y aun así se ha mantenido con un enorme valor para sostener sus ideas, puntualizó.
En la discusión de la ley en lo particular, el senador Marco Antonio Blásquez Salinas, del Grupo Parlamentario del PT, presentó una reserva para modificar el artículo 10 del dictamen, que no aceptada por la asamblea.
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