La SCJN suspende por tiempo indefinido la aplicación del llamado “plan b” de la reforma electoral de AMLO
El ministro ponente de la SCJN, Javier Laynez Potisek, admitió la demanda de controversia constitucional que interpuso el Instituto Nacional Electoral (INE) en contra del llamado “plan b” de la reforma electoral de AMLO.
“Decreto por el que se reforma, adiciona y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y que expide una nueva Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral”.
“En este mismo acuerdo, el ministro instructor solicitó a las autoridades demandadas (Congreso de la Unión y Ejecutivo Federal) que presenten su contestación dentro del plazo legal”, informó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Laynez Potisek concedió la suspensión solicitada por el INE respecto de todos los artículos impugnados del decreto para efecto de que las cosas se mantengan en el estado que actualmente se encuentran y rijan las disposiciones vigentes antes del “plan b”.
La suspensión se otorgó porque el de decreto no solo contiene normas de carácter general, sino también actos concretos de aplicación, sobre los cuales la medida generalmente no se concede.
La SCJN resolvió en ocasiones anteriores que en controversias constitucionales sí corresponde otorgar la suspensión aun tratándose de leyes, cuando “pudieran vulnerar de manera irreparable derechos humanos. En el caso que nos ocupa se trata de la posible violación a los derechos político-electorales de la ciudadanía”.
El pasado 22 de marzo, La Cámara de Diputados aprobó la modificación al artículo 26 de la Ley General de Comunicación Social en materia de límite de gastos de las entidades federativas, uno de los más impugnados de la primera parte del “plan b”.
Con 470 votos a favor de todas las fuerzas políticas (Morena, aliados y la oposición) y el voto en abstención de la diputada de Morena Lidia García Anaya, se derogó el último párrafo del artículo mencionado, el cual limitaba el gasto de las entidades y municipios en materia de Comunicación Social a solo el 0.1 por ciento de sus respectivos presupuestos de egresos anuales.
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El paquete de reformas ya había sido aprobado en diciembre de 2022 por el Congreso de la Unión, pero su promulgación se frenó por cambios que hizo la Cámara de Diputados, uno de los más importantes tuvo que ver con la eliminación de la “cláusula de vida eterna” para partidos políticos y coaliciones.
El 22 de febrero, el “plan b” de la reforma electoral se aprobó en el Senado de la República, con lo que completó su proceso legislativo.