SCJN respalda reforma laboral que aumenta 12 días de vacaciones
Foto. Internet

La SCJN respalda la reforma laboral en México, incrementando los días de vacaciones para trabajadores.

Ciudad de México.-La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha confirmado la constitucionalidad de la modificación a la Ley Federal del Trabajo (LFT), la cual eleva la cantidad de días de vacaciones pagadas para los empleados en México.

Los ministros, en una decisión unánime, han apoyado considerablemente los derechos laborales, reforzando las enmiendas legislativas que se implementaron en enero de 2023, argumentando que “es coherente con el derecho al descanso y no desconoce los derechos adquiridos”.

¿Qué dice la reforma laboral sobre el aumento de días de vacaciones en México?

La reforma, que se oficializó el 27 de diciembre de 2022 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), altera los artículos 76 y 78 de la LFT, estableciendo que los trabajadores con más de un año de servicio disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas no menor a doce días laborables.

Este periodo se incrementará en dos días laborables por cada año adicional de servicio hasta alcanzar los veinte días. Después del sexto año, las vacaciones aumentarán dos días cada cinco años adicionales de servicio.

Aumento de días de vacaciones “no viola el principio de irretroactividad de la ley”: SCJN

El borrador de sentencia, redactado por el ministro Luis María Aguilar Morales, rechazó la protección de la justicia a la empresa GND Constructora, que había desafiado la reforma alegando que era inconstitucional y violaba varios artículos de la Constitución, así como la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

La empresa argumentó que la reforma imponía cargas económicas adicionales al empleador, particularmente en relación con el pago de impuestos y contribuciones de seguridad social, como el Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el Impuesto Sobre Nómina (ISN), causando un impacto económico significativo.

También sostuvo que el incremento en los días de vacaciones elevaba el costo de la prima vacacional, un incentivo adicional al salario que, según la empresa, perjudicaba tanto al trabajador como al empleador.

La prima vacacional, detallada en el artículo 80 de la LFT, es un pago extra diseñado para ayudar a los trabajadores a cubrir los gastos extraordinarios durante sus vacaciones.

No obstante, la SCJN declaró infundados los argumentos de la empresa. Los ministros indicaron que la prima vacacional no es una contribución tributaria, sino un derecho laboral destinado a mejorar las condiciones de vida de los trabajadores.

La Corte también desestimó la afirmación de que la reforma afectaría negativamente el crecimiento económico y la creación de empleo, señalando que el aumento en los días de vacaciones es una medida que fortalece los derechos laborales sin imponer cargas desproporcionadas a las empresas.

“[…] cumple con los requisitos de fundamentación y motivación propios de un acto legislativo y no viola el principio de irretroactividad de la ley”, destacó.

Con esta resolución, la SCJN confirma la validez de la reforma a la LFT y consolida un avance significativo en la protección de los derechos laborales en México, asegurando que los trabajadores disfruten de un mayor periodo de descanso, lo cual se traduce en un beneficio tanto para su bienestar como para su productividad.

La decisión establece un precedente importante para futuras discusiones sobre el equilibrio entre los derechos laborales y las obligaciones empresariales en el país.