La Sala Toluca del TEPJF señaló falta de exhaustividad en el TEEM y una incorrecta valoración de pruebas, devolviendo el triunfo a Alma Mireya González en Quiroga, y Armando Pérez Mendoza en Chavinda
Morelia, Michoacán.- La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), determinó la noche de este viernes echar abajo los fallos emitidos por el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) por los que determinó la nulidad de las elecciones para ayuntamientos en los municipios de Quiroga y Chavinda.
Cabe recordar que el pasado cuatro de julio, determinó anular las elecciones en ambos municipios y revocar el triunfo de Alma Mireya González del PAN-PRI-PRD en Quiroga, así como el de Armando Pérez Mendoza en Chavinda.
En el caso de Quiroga correspondiente al asunto ST-JRC-130/2024 y su acumulado ST-JDC-435/2024, la Sala Toluca determinó que de los elementos valorados por el TEEM ofrecidos por el PT se concluye que contrario a lo resuelto, éstos resultan contradictorios, “carecen de veracidad y se presentan de forma idéntica, lo que cual presume su aleccionamiento, ello conforme a las leyes de la lógica, la sana crítica y de la experiencia, aunado que no cumplen con los principios procesales de espontaneidad e inmediatez” lo cual no fue valorado por el TEEM.
Se agrega también que los restantes medios probatorios no tienen el alcance para acreditar las causales de nulidad de votación invocadas por el PT consistentes en recibir la votación por personas distintas, e irregularidades graves que estén plenamente acreditadas, “aunado a que la revisión de la documentación electoral de la casilla 1664 contigua 2, revela que no se hizo constar incidente alguno sobre la presunta irregularidad echa valer por el PT y tampoco se presentaron escritos de protesta ni de incidentes”.
Es así como fue revocada la sentencia que anula la elección en Quiroga, se confirmaron los resultados de la elección municipal originalmente llevados a cabo por el Consejo Municipal Electoral y el otorgamiento de las constancias de mayoría y validez Mireya González.
Por lo que toca al municipio de Chavinda dentro de los juicios ST-JRC-132/2024 y ST-JDC-437/2024 promovidos por MC y Armando Pérez Mendoza, la Sala Toluca determinó los agravios formulados por los quejosos por la falta de exhaustividad y motivación en la sentencia del TEEM y la indebida valoración de pruebas sobre una presunta participación de Armando Pérez la celebración religiosa de San Isidro, lo que a decir del candidato era falso, y que incluso se habían aportado como pruebas fotos que no correspondían a dicho evento.
Los magistrados concederían razón a los quejosos y determinaron revocar la anulación de la elección, y ratificar el triunfo de Armando Pérez.