TEEM declara existente de la vulneración a sus derechos político-electorales
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Descubre las recientes resoluciones del TEEMich sobre derechos político-electorales.

Morelia, Michoacán.-Yurisha Andrade Morales, junto con las Magistradas Alma Rosa Bahena Villalobos y Yolanda Camacho Ochoa del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEMich), en la reciente Sesión Pública, abordaron el Procedimiento Especial Sancionador TEEM-PES-115/2024 y presentaron nuevas resoluciones.

Este procedimiento fue promovido por los Partidos del Trabajo, MORENA y Verde Ecologista de México contra el Presidente Municipal de Chinicuila y otras autoridades, acusados de múltiples infracciones electorales, pero finalmente, se declaró la inexistencia de dichas infracciones y la culpa in vigilando.

En otro punto, el Pleno del TEEMich resolvió un Incidente de Incumplimiento de Sentencia del Juicio Ciudadano TEEM-JDC-106/2024, encontrando fundamento en el incumplimiento y aplicando una multa al Presidente Municipal de Álvaro Obregón, Michoacán. Además, se vinculó a la Secretaría de Finanzas y Administración del Estado para la ejecución inmediata de la multa.

El tribunal también trató el Procedimiento Especial Sancionador TEEM-PES-118/2024, presentado por el PRD y el PAN contra candidatos de Zinapécuaro por usar símbolos religiosos en propaganda, resolviendo finalmente la inexistencia de infracciones y culpa in vigilando atribuida a los partidos MORENA, del Trabajo y Verde Ecologista de México.

En el cuarto tema, se abordó el Juicio de la Ciudadanía TEEM-JDC-181/2024, donde se declaró la existencia de una vulneración a los derechos político-electorales de la Síndica de Álvaro Obregón, ordenando medidas correctivas inmediatas.

Asimismo, se discutió el Procedimiento Especial Sancionador TEEM-PES-135/2024, donde se declaró la inexistencia de infracciones y culpa in vigilando en el caso del candidato a la Presidencia de Cotija y el Partido Movimiento Ciudadano.

Finalmente, se trataron casos de omisión de respuesta a solicitudes de información en Huaniqueo y Paracho, declarando existentes las omisiones y ordenando acciones correctivas, y en Ario, se resolvió una violación al derecho político-electoral de ser votado, ordenando incluir en futuras sesiones un espacio para que el afectado pueda expresar sus comentarios.