Nuevas restricciones y penas en la reforma a la Ley de Armas en México, para controlar el tráfico ilícito y su uso en homicidios
Ciudad de México.- La Cámara de Diputados recibió una reforma a la Ley, dirigida a combatir el aumento en el tráfico ilícito de armas de fuego y su uso en homicidios.
Según la propuesta, en 93.96% de los homicidios dolosos entre 2015 y 2021 se emplearon armas de fuego, lo que subraya la urgencia de fortalecer las regulaciones de armamento.
Cambios en la reforma a la Ley de Armas
- Prohibición de ciertos calibres: La reforma especifica que no se otorgarán permisos para pistolas de calibre 9 mm, .357, .22’’ Magnum, Hornet y TCM, ya que estas armas semiautomáticas causan más daño que modelos como las .380 o las 9 mm short/kurtz.
- Control de armas pesadas: Las fiscalías no podrán tener en resguardo como evidencia armas decomisadas de calibre .50 o superiores, como los Barrett o ‘mata-policías’, ni lanzagranadas o lanzacohetes. Estas deberá asegurarlas el Ejército para prevenir su recuperación por parte del crimen organizado.
- Nueva categoría delictiva: Se establece el delito de venta de armas a través de plataformas online, incluyendo el comercio electrónico, envíos por paquetería, mensajería y el Servicio Postal Mexicano.
- Equipamiento restringido: Queda prohibido el uso y posesión de silenciadores, equipos de visión nocturna, designadores láser, miras holográficas y térmicas, y cualquier accesorio que mejore el rendimiento del armamento, por ser de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas.
- Responsabilidad compartida: Al registrar un arma, el titular debe nombrar un ‘heredero’ para que asuma la responsabilidad del arma en caso de su muerte o ausencia.
Regulaciones adicionales afectan a tiradores deportivos, cazadores, ejidatarios, coleccionistas de armas, y la fabricación de pirotecnia y explosivos improvisados.
Las penas por infracciones relacionadas con armas de fuego varían significativamente, incluyendo multas y penas de prisión de hasta 30 años dependiendo de la gravedad del delito.
La reforma, que solo requiere mayoría simple para su aprobación, entrará en vigor al día siguiente de su publicación, con un periodo de 180 días para ajustar los reglamentos pertinentes. Sedena también actualizará el catálogo de armas y permisos.