El Ejecutivo estatal prevé que el Código Fiscal de Michoacán contemple sancionar las operaciones con recursos de procedencia ilícita
Morelia, Michoacán.- Dentro del paquete económico estatal para 2025, el Ejecutivo del estado incluyó una serie de reformas al Código Fiscal de Michoacán, una de ellas para sancionar las operaciones con recursos de procedencia ilícita.
En la exposición de motivos de la propuesta turnada al Congreso local, se apunta que México se ha sumado a los esfuerzos de la comunidad internacional en la lucha y combate al lavado de dinero, tipificado a nivel federal como operaciones con recursos de procedencia ilícita en el artículo 400 bis del Código Penal Federal, asimismo, forma parte del organismo intergubernamental Grupo de Acción Financiera, el cual establece estándares internacionales a través de medidas legales, reglamentarias y operativas para combatir el comúnmente llamado lavado de dinero, “lavado de activos” o “blanqueo de capitales”.
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“Tomando de referencia el Código Fiscal de la Federación específicamente lo tocante a que el delito de Defraudación Fiscal contemplado en el artículo 108 y su equiparable 109 del Código Fiscal de la Federación, es uno de los delitos predicados más recurrentes del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita”, apunta el documento.
La propuesta prevé incorporar en el artículo 88 del Código Fiscal del estado, un último párrafo en su inciso V, el cual establezca: “El delito de defraudación fiscal y el delito previsto en el artículo 236 del Código Penal para el Estado de Michoacán, se podrán perseguir simultáneamente. Se presume cometido el delito de defraudación fiscal cuando existan ingresos o recursos que provengan de operaciones con recursos de procedencia ilícita”.