Rechazan magistrados del TEPJF anular elección de Uruapan; señalaron que el PRD no presentó argumento sólidos
Toluca, México.- Por falta de argumentos sólidos, los magistrados de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, rechazaron por mayoría anular la elección en el municipio de Uruapan.
El proyecto presentado por el magistrado Juan Carlos Silva Adaya, se propuso anular la elección en el municipio de Uruapan por actos anticipados de campaña y entrega de dádivas, sin embargo, los magistrados Marcela Fernández Domínguez y Alejandro David Avante Juárez, votaron contra el mismo.
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El magistrado Silva Adaya expuso en su proyecto la argumentación que el Partido de la Revolución Democrática presentó para solicitar la anulación de la elección municipal de Uruapan, entre la que destacó la entrega de casas, despensas y material para un curso de repostería, así como promesas de dar apoyos y ofrecimientos de un comedor móvil.
“Se reconoce que desde ese momento se hace campaña electoral. Se trata de una campaña electoral anticipada y por lo tanto que tiene todas las características, implica una conducta ventajosa, una indebida ventaja en relación con los demás participantes en la contienda, las normas están diseñadas para proteger a todos los candidatos, integrantes de las planillas, partidos políticos y condiciones”, expuso.
Juan Carlos Silva Adaya, Magistrado de la Sala Regional Toluca del TEPJF
Pese a presentar en su argumento que no es válido que un candidato realice conductas que resultan “reprochables” y que las acciones del ahora presidente municipal electo de Uruapan, Ignacio Benjamín Campos Equihua “encajan sin mayor ejercicio de análisis de una forma directa e inmediata con lo que se puede identificar con una campaña electoral”, los magistrados rechazaron el proyecto.
En su oportunidad Avante Juárez, expuso que los elementos presentados por el PRD “no construyen de forma adecuada cómo estas actividades van a impactar en la elección, las argumentaciones se quedan cortas para demostrar cómo estas acciones afectaron la elección”.
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“No nos pueden llevar a realizar o a la conclusión insoslayable de que debe declararse la nulidad de la elección, los elementos que se proporcionan por parte del partido actor, no alcanzan para efecto de decretar la nulidad de la elección”.
Alejandro David Avante Juárez, Magistrado de la Sala Regional Toluca del TEPJF
A su vez, la magistrada presidenta, Marcela Fernández, coincidió en que los elementos no son suficientes para anular la elección en el municipio de Uruapan “no hay elementos torales para ello”.