Morena busca imposibilitar a la SCJN para emitir pronunciamientos sobre reformas constitucionales con proyecto de decreto
Ciudad de México.- El diputado de Morena, Sergio Gutiérrez Luna, presentó un proyecto de decreto este viernes para impedir que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se pronuncie sobre reformas constitucionales.
A través de su cuenta en la red social X, Gutiérrez Luna compartió el proyecto de decreto que modifica y añade un párrafo al artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
La propuesta la presentó justo después de que la Suprema Corte decidiera abrir un expediente para determinar si posee la autoridad legal de evaluar la constitucionalidad de la reforma judicial, a raíz de las impugnaciones presentadas por jueces y magistrados federales.
Los ministros de la Corte subrayaron que esta decisión preliminar no establece un veredicto final sobre su capacidad para revisar la reforma judicial, ni emite un juicio sobre el contenido de ésta, ya que primero es necesario emitir una sentencia que defina las facultades que su Ley Orgánica le concede para analizar una reforma constitucional.
Ante esta situación, Gutiérrez Luna mencionó al pleno del tribunal supremo en relación con la toma de decisiones en el Poder Judicial:
“Debe quedar plasmado en la ley que ocho personas no pueden suprimir la voluntad del pueblo.”
El legislador del partido guinda señaló que este ajuste es crucial para esclarecer las facultades de la Suprema Corte en su función de órgano jurisdiccional.
Además, enfatizó que es fundamental establecer con precisión que las controversias que debe conocer y resolver la SCJN son aquellas internas o entre las salas del Poder Judicial de la Federación y aquellas con otros Poderes de la Unión, las cuales deben adherirse estrictamente a lo establecido en el artículo 105 de la Constitución.
Proyecto de decreto de Morena sobre SCJN
Esta aclaración pretende evitar interpretaciones erróneas que podrían ampliar indebidamente la competencia de la Suprema Corte hacia áreas no asignadas, como la revisión o invalidación de reformas constitucionales de fondo y forma, cuya jurisdicción pertenece exclusivamente al Poder Constituyente Permanente, representante de la Soberanía Popular.
El artículo 11 reformado de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación ahora incluye una cláusula que establece que la Suprema Corte no tiene competencia para conocer controversias relativas a reformas o adiciones a la Constitución.
“Este agregado responde a la necesidad de mantener clara la separación de competencias entre los poderes constituidos y el Poder Constituyente, evitando cualquier conflicto entre la función jurisdiccional y el proceso de reforma constitucional”, señala el documento.
El texto refuerza la idea de que el Poder Judicial debe actuar como un árbitro imparcial en las controversias entre poderes y en aquellas internas, según el documento.