Proteger ejercicio periodístico, plantean reformas a Ley y Código Penal
Morelia, Mich.-Frente al incremento de asesinatos, desapariciones y violaciones de derechos de comunicadores, se plantea reformar el Código Penal del Estado y la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, para dotar de protección al ejercicio periodístico.
La iniciativa parte de las propuestas entregadas el pasado cuatro de abril por el Colectivo NiUnoMás Michoacán a legisladores locales durante una reunión de trabajo.
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Este jueves la presidenta de la Cámara, Adriana Hernández Íñiguez a nombre de los coordinadores parlamentarios, presentó la iniciativa ante el Pleno del Congreso, misma que se espera transite al contar con la suma de las diferentes fuerzas representadas en la Legislatura Local.
La iniciativa plantea reformas al Código Penal para que establecer como calificados, el homicidio y lesiones a periodistas con la finalidad de obstaculizar o impedir el ejercicio de la libertad de expresión, o en razón del desempeño de su profesión.
En el caso del delito de amenazas se prevé que al comentarse en contra de un periodista o defensor de los derechos humanos con motivo de su actividad como tales, las penas aumenten en un tercio.
Además se incorporará el delito de desplazamiento forzado interno, estableciendo que lo comente quien sin derecho ni fundamento legal alguno, mediante violencia o cualquier otro medio coactivo, obligue a una persona o a un grupo de personas para que abandonen su lugar de residencia, para lo cual se aplicará prisión de dos a ocho años y una multa de 150 a 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
Cuando el delito de desplazamiento forzado interno sea cometido en contra de menores de edad, adultos mayores, personas con alguna discapacidad física o mental, defensores de los derechos humanos y periodistas, la sanción se aumentará hasta en una mitad. No se entenderá por desplazamiento forzado el movimiento de población que realice la autoridad cuando tenga por objeto la seguridad de la población.
Asimismo se prevé derogar los delitos de ataques al honor, y ataques a la propia imagen.
Otro aspecto que se prevé incorporar tiene que ver con las causas de exclusión del procedimiento, estableciendo que no se impondrá pena al que oculte al responsable de un hecho calificado por la Ley como delito, o impida que se averigüe, siempre que se trate de los periodistas, reporteros o personal que preste sus servicios dentro de alguna empresa o medio de comunicación escrito o electrónico, respecto de los nombres o datos de identificación de las personas que con motivo del ejercicio de su actividad, les proporcionen como información de carácter reservada, en la cual sustenten cualquier publicación o comunicado. La excusa no favorecerá a quien obre por motivos reprochables o emplee medios delictuosos.
También se incorporará al Código Penal el título relacionado con los Delitos de Libertad de Expresión. Ahí se busca establecer que se considerarán delitos cometidos contra las personas defensoras de derechos humanos o periodistas, cualquier conducta tendente a impedir, interferir, limitar o que atenten en contra de la actividad periodística y vulneren la libertad de expresión de periodistas y medios de comunicación.
Cuando cualquiera de los delitos cometidos contra personas defensoras de derechos humanos o periodistas, sea realizado por un servidor público en ejercicio de sus funciones o la víctima sea mujer y concurran razones de género en la comisión del delito, se plantea aumentar la pena hasta en una mitad.
Por lo que toca a las reformas a la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del Estado, se propone que en la Junta de Gobierno del Mecanismo de Protección, formen parte con derecho a voz y voto tres personas representantes del gremio periodístico, y dos personas defensoras de derechos humanos.
Además la Junta de Gobierno deberá invitar a todas sus sesiones, con derecho a voz a dos personas representantes del gremio periodístico y a dos defensoras de los derechos humanos, independientes de aquellas que sean miembros permanentes de la Junta.
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