Promueve Congreso queja contra Jueza de Distrito por caso ASM
Morelia, Michoacán.-El Congreso del Estado optó por promover una queja contra la Jueza Cuarta de Distrito, luego de que ésta determinara que la Cámara incurrió en desacato designar a Marco Antonio Bravo Pantoja como Auditor Superior de Michoacán.
La queja fue presentada ante Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en Turno en el XI Décimo Primer Circuito, con Residencia en Morelia por la presidenta de la Mesa Directiva, Laura Ivonne Pantoja Abascal.
Conforme a lo establecido en la queja, “causa agravio la resolución recurrida, toda vez que contrario a lo que sostiene la jueza federal no existió violación a la suspensión”.
El Legislativo argumenta que sí dio cumplimiento a lo mandatado por la jueza, aunque haya sido de manera defectuosa: “existe cumplimiento defectuoso de la suspensión del acto reclamado, cuando la autoridad no realiza todas las obligaciones que le fueron impuestas en la medida cautelar; o, en caso de que los efectos hayan sido de tutela anticipada en términos del artículo 147, párrafo segundo, de la Ley de Amparo, cuando omita realizar los necesarios para restablecer provisionalmente a la parte quejosa, en el goce del derecho vulnerado, siendo esto jurídica y materialmente posible”.
Se argumenta que la atribución depositada en el órgano de amparo para modular fundada y motivadamente las implicaciones futuras del otorgamiento de la suspensión no llega al extremo de poder ordenar la paralización de actos no reclamados en la demanda, “porque si no se cuestionó su constitucionalidad, es obvio que no constituyen la materia del juicio, la cual debe mantenerse intacta, a fin de preservar los bienes o derechos cuya tutela se demande en el juicio de amparo”.
Además se puntualiza que la suspensión definitiva concedida “para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado que actualmente guardan y sin paralizar el trámite de la convocatoria, para designar a un nuevo Auditor Superior del Estado de Michoacán se abstenga de designarlo y tomarle la protesta correspondiente, lo anterior, hasta que reciba la notificación de que causó ejecutoria la sentencia que se llegue a emitir dentro del juicio principal; debe entenderse en relación con el procedimiento de remoción que fue sujeto Miguel Ángel Aguirre Abellaneda en el cargo de Auditor Superior del Estado de Michoacán, pues precisamente los actos reclamados que dieron origen al juicio de amparo indirecto en el que se dictó la medida cautelar definitiva que se estima violada, se reclamaron los actos tendientes a ejecutar dicha remoción”.
Es así que en la queja se señala que no existe violación a la suspensión, toda vez que, si bien se realizó una convocatoria, se llevó a cabo el procedimiento, se designó a un nuevo Auditor Superior del Estado de Michoacán y se le tomó la protesta correspondiente, no fue con motivo de la remoción Miguel Ángel Aguirre Abellaneda en el cargo de Auditor Superior del Estado de Michoacán, sino dado que se le instó un juicio político y se le destituyó e inhabilitó en el cargo que ocupaba.
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La intención es que el Tribunal Colegiado, le conceda la razón al Congreso y reconozca la vigencia del Decreto 461 en el que consta la toma de protesta del Marco Antonio Bravo Pantoja como Auditor Superior de Michoacán.