El Congreso del Estado pretendia aprobar reformas a un ordenamiento inexistente e invalidado por ser anticonstitucional
Este miércoles el Congreso local pretendia aprobar reformas a un ordenamiento legal inexistente, el artículo 100 de la Ley de Educación que la Suprema Corte de Justicia invalidó por ser anticonstitucional.
Luego de una controversia constitucional promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en contra de los Capítulos correspondientes a la educación indígena y a la educación inclusiva por no haber sido consultados las comunidades indígenas y de personas con discapacidad para su elaboración como mandata la ley, la Corte determinó invalidar ambos capítulos de la norma, que incluían entre otros, el artículo 100.
Pese a que la Comisión de Educación tiene bajo su responsabilidad llevar el proceso para dar cumplimiento al mandato de la Corte –lo que no ha ocurrido-, evidenciaría total desconocimiento o desinterés del tema, al elaborar un dictamen junto con la Comisión de Derechos Humanos de una iniciativa que reformaba el referido artículo.
Incluso la iniciativa de origen era inconsistente, ya que cuando fue presentada por los diputados Julieta García Zepeda, Juan Carlos Barragán y Margarita López, el pasado 23 de junio, ya no existía el artículo 100, pues la determinación de la Corte para declarar inválidos los referidos capítulos de la Ley de Educación ya habían surtido efectos.
Para entonces la diputada Julieta García Zepeda presidía la Mesa Directiva y al tener la representación legal del Congreso había dado seguimiento al caso de la resolución de la Corte debido a que la Cámara ha incurrido en desacato al no reponer el procedimiento legislativo y efectuar las respectivas consultas a las comunidades indígenas y de personas con discapacidad.
Pese a ello García presentó junto con Juan Carlos Barragán y Margarita López, una iniciativa de reforma a un artículo que ya para entonces era inexistente.
Los desatinos continuaron y las comisiones de Educación y Derechos Humanos efectuaron el dictamen para reformar el artículo cien, incurriendo además en la misma irregularidad que originó la controversia constitucional promovida por la CNDH: la falta de consulta a la comunidad de personas con discapacidad, ya que dicha reforma le atañía y por mandato constitucional debe ser consultada en cualquier norma que se relacione con ella.
Así pues, sin consulta de por medio, y reformando un artículo inexistente, las Comisiones Unidas elaboraron el dictamen que, fue turnado a la Conferencia para la Programación de los Trabajos Legislativos.
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En la Conferencia ninguno de los diputados se molestó en revisar el asunto, ni cayó en cuenta de que se pretendía reformar un ordenamiento inexistente, por lo que se dio luz verde al asunto para quedar enlistado en la orden del día de este miércoles.
Fue hasta poco antes de la Sesión de Pleno de este día, cuando a partir de los cuestionamientos de la prensa al respecto, que los legisladores se percataron del hecho y optaron por retirar el asunto de la orden del día.