¿Por qué Morelia es patrimonio mundial? Aquí los detalles
Morelia, Michoacán.- Publicación hecha por la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas del Gobierno del Estado, con motivo de la inscripción de Morelia en la Lista del Patrimonio Mundial el 13 de diciembre de 1991; que incluye detalles de la organización y trabajos realizados por varias dependencias federales estatales y municipales, así como organizaciones de la sociedad civil para lograrlo, tema desconocido, por lo que lo reproducimos en forma textual.
La Convención del Patrimonio Mundial de la UNESCO
En la reunión del Comité del Patrimonio Mundial que se celebró en Túnez del 9 al 13 de diciembre de 1991, se acordó inscribir a Morelia en la LISTA DEL PATRIMONIO MUNDIAL DE LA UNESCO.
En 1972 la Conferencia General de la Organización de la Naciones Unidas para la Educación la Ciencia y la Cultura (UNESCO) en su 17ª reunión, suscribió una Convención para la protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural.
Los considerandos de dicha Convención expresan que ante la amenaza de destrucción del patrimonio cultural y natural del mundo causada por el deterioro normal y la evolución social; que la protección nacional de este patrimonio no era completa por los muchos medios que requieren y que el menoscabo o ruina total de un bien de ese patrimonio significa un empobrecimiento de todos los pueblos del mundo, era necesario adoptar “un sistema eficaz de protección colectiva del patrimonio cultural y natural de valor excepcional organizada de una manera permanente, y según métodos científicos y modernos”.
La misma Convención distingue y define los bienes que considera “patrimonio cultural” y “patrimonio natural”. Morelia entra en la primera categoría y en la clasificación de conjunto definido como “grupo de construcciones aisladas o reunidas, cuya arquitectura, unidad e integración en el paisaje les dé un valor excepcional desde el punto de vista de la historia, el arte o la ciencia.
Asimismo, se establece que cada país parte de la Convención reconocerá que todas las acciones tendientes a “identificar, proteger, conservar, rehabilitar y transmitir a las generaciones futuras el patrimonio cultural y natural situado en su territorio, le incumbe primordialmente”, con sus propios recursos hasta el máximo y “llegado el caso, mediante la asistencia y la cooperación internacional de que se pueda beneficiar sobre todo en los aspectos financiero, artístico, científicos y técnico.”
Aunque la Convención creó un fondo fiduciario que denominó “Fondo del Patrimonio Mundial”, formado por las aportaciones de los países signatarios, la práctica ha demostrado que los apoyos económicos se otorgan preferentemente a los bienes amenazados de inminente destrucción por calamidades naturales o por catástrofes.
Es más factible obtener apoyos técnicos con la participación de especialistas, pero los gastos derivados de esta acción deben ser asumidos en primer término por el país receptor del apoyo.
También se instituyó al interior de la UNESCO, un comité intergubernamental “Comité del Patrimonio Mundial”, formado por miembros de los países participantes en la Convención que son electos en Asamblea General. Entre sus funciones están: aprobar o rechazar la solicitud para que un bien cultural o natural quede inscrito en la Lista del Patrimonio Mundial y determinar, previo estudio, las formas de ayuda internacional que se pidan y las condiciones en que habrán de otorgarse.
A las sesiones del Comité pueden asistir con voz consultiva: un representante del Centro Internacional de Estudios para la Conservación y Restauración de los Bienes Culturales, que está en Roma, un representante del Comité Internacional de Monumentos y Sitios de Interés Artístico e Histórico (ICOMOS) y un representante de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza y sus Recursos (UICN).
Hasta 1990, 322 bienes en el mundo estaban en la Lista.
México ratificó esta convención en 1983 previa aprobación por la Cámara de Senadores del Texto de la Convención y el Decreto correspondientes expedido por el Presidente de la República que apareció en el Diario Oficial el 23 de enero de 1984.
Hasta nuestros días México cuenta con 35 inscripciones en la Lista:
- Centro histórico de México y Xochimilco (1987)
- Centro histórico de Oaxaca y zona arqueológica de Monte Albán (1987)
- Centro histórico de Puebla (1987)
- Ciudad prehispánica de Teotihuacán (1987)
- Ciudad prehispánica y parque nacional de Palenque (1987)
- Reserva de la Biosfera de Sian Ka’an, Quintana Roo (1987)
- Ciudad histórica de Guanajuato y minas adyacentes (1988)
- Ciudad prehispánica de Chichén-Itzá (1988)
- Centro histórico de Morelia (1991)
- Ciudad prehispánica de El Tajín (1992)
- Santuario de ballenas de El Vizcaíno (1993)
- Pinturas rupestres de la Sierra de San Francisco (1993)
- Centro histórico de Zacatecas (1993)
- Primeros monasterios del siglo XVI en las laderas del Popocatepetl (1994, 2021)
- Ciudad prehispánica de Uxmal (1996)
- Zona de monumentos históricos de Querétaro (1996)
- Hospicio Cabañas de Guadalajara (1997)
- Zona de monumentos históricos de Tlacotalpán (1998)
- Zona arqueológica de Paquimé (Casas Grandes) (1998)
- Ciudad histórica fortificada de Campeche (1999)
- Zona de monumentos arqueológicos de Xochicalco (1999)
- Antigua Ciudad Maya y bosques tropicales protegidos de Calakmul, Campeche (2002, 2014)
- Misiones franciscanas de la Sierra Gorda de Querétaro (2003)
- Casa-Taller de Luis Barragán (2004)
- Islas y Áreas protegidas del Golfo de California (2005)
- Paisaje de agaves y antiguas instalaciones industriales de Tequila (2006)
- Campus central de la Ciudad Universitaria de la Universidad Nacional Autónoma de México (2007)
- Reserva de biosfera de la mariposa monarca (2008)
- Villa Protectora de San Miguel el Grande y Santuario de Jesús Nazareno de Atotonilco (2008)
- Camino Real de Tierra Adentro (2010)
- Cuevas prehistóricas de Yagul y Mitla en los Valles Centrales de Oaxaca (2010)
- Reserva de biosfera El Pinacate y Gran Desierto de Altar (2013)
- Sistema hidráulico del acueducto del Padre Tembleque (2015)
- Archipiélago de Revillagigedo (2016)
- Valle de Tehuacán-Cuicatlán – Hábitat originario de Mesoamérica (2018)
Primeras acciones para que Morelia fuera declarada Patrimonio Mundial
En marzo de 1989, la prensa nacional y local publicó un documento dirigido al Ejecutivo del Estado de Michoacán, firmado por nueve instituciones culturales mexicanas del más alto rango. En él manifestaban su profunda preocupación por el proceso de degradación que había venido sufriendo Morelia, con grave deterioro de su dignidad y pérdida de su carácter señorial y solicitaban del Gobernador su intervención para frenar ese proceso, haciendo varias sugerencias entre ellas, que durante su mandato, gestionara ante la UNESCO la inscripción de nuestra ciudad en la Lista del Patrimonio Mundial.
Este documento no fue sino un refrendo de denuncias y peticiones que ciudadanos y organismos morelianos han venido haciendo hace muchos años.
Como respuesta, el Gobernador Dr. Jaime Genovevo Figueroa Zamudio, el 28 de abril el mismo año, envió un comunicado al Lic. Manuel Bartlett Díaz, Secretario de Educación y Presidente de la Comisión Nacional de los Estados Unidos Mexicanos para la UNESCO, expresando que por celebrarse en 1991 el 450 aniversario de la fundación de Morelia, tenía especial interés por lograr el citado galardón de la UNESCO y a la vez, solicitando hiciera las gestiones respectivas “para lograr una justa aspiración del pueblo y el Gobierno de Michoacán.”
El Secretario de Educación contestó manifestando su coincidencia sobre los valores de Morelia, que el Comité Técnico para la Participación de México en la Convención para la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural, conformado por las instancias federales competentes se abocaría a definir los sitios que se propondrían a la UNESCO y que el caso de la respuesta de inscripción de Morelia, se solicitaría oportunamente la colaboración del Gobierno de Michoacán.
En virtud de que un requisito para la UNESCO es la protección legal por el Decreto Presidencial para declarar a Morelia Zona de Monumentos Históricos, conforme a la Ley Federal de 1972, el Instituto Nacional de Antropología e Historia, antes de iniciar los trabajos de integración del expediente para la UNESCO, se dedicó a través de su Centro Regional en Michoacán, a terminar los estudios, ya comenzados para la Declaratoria Federal.
Asimismo, el Gobernador michoacano instaló formalmente en julio de 1989 la Junta Estatal de Catalogación, Protección y Vigilancia del Patrimonio Histórico, Artístico y Natural de Michoacán, uno de cuyos objetivos fue participar activamente en las tareas tendientes a agilizar los trámites requeridos por la UNESCO.
Promesa Presidencial
El 13 de noviembre de 1989, visitó Morelia el Lic. Carlos Salinas de Gortari titular del Ejecutivo Federal y en tal ocasión, haciéndose eco de la “justa aspiración del pueblo y el Gobierno de Michoacán” prometió lograr que Morelia fuera declarada por la UNESCO, Patrimonio Cultural Mundial.
Esta promesa activó los trabajos iniciales y provocó el entusiasmo y la esperanza de los morelianos que aman su ciudad.
Colaboración de todos los organismos de Gobierno
Ante la declaración del Presidente, se suscitó un gran interés por parte de diversos organismo gubernamentales y sociales de participar en los trabajos para integrar el expediente que sobre Morelia había de enviarse a la UNESCO a Paris, Francia, su cede.
El caso de Morelia representó un meritorio esfuerzo de trabajo conjunto de los tres niveles de gobierno en Michoacán.
Como inmediato responsable, el Centro Regional del INAH, de acuerdo con los gobiernos estatal y municipal convocó a una reunión para organizar los trabajos, el 7 de febrero de 1990 en el Museo Michoacano.
Por parte de la federación estuvieron presentes el INAH y la SEDUE.
Del Gobierno Estatal, asistieron representantes personales del Gobernador y funcionarios de las Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, Urbanismo, Turismo y Educación.
Por el Gobierno Municipal acudió un representante.
También se invitó al Coordinado del Subcomité Michoacano del ICOMOS que asistió. Con objeto de agilizar los trabajos, en una segunda reunión efectuada el día 21 siguiente en el mismo lugar, se propuso la formación de un comité responsable de cuatro miembros, que representaran a todas las instancias, sin perjuicio del compromiso de aportar trabajo todos los presentes.
Dicho comité quedó conformado de la siguiente manera: por la Federación la directora del Centro Regional del INAH; por el Estado, el director de Conservación de Monumentos y Sitios Históricos de la SCOP; por el H. Ayuntamiento el director del Archivo Histórico y por ICOMOS una representante designada por la asamblea del Subcomité.
Para dar seguimiento a los trabajos se establecieron reuniones periódicas con la Comisión amplia que se realizaron primero en el Museo Michoacano y a partir de junio y hasta septiembre [fecha] en que se entregó el expediente en México para ser enviado a Paris, en la SCOP, sede de la Junta Estatal de Catalogación, Protección y Vigilancia del Patrimonio Histórico, Artístico y Natural de Michoacán.
Acciones a Futuro
La inscripción de Morelia en la Lista del Patrimonio Mundial es un logro muy importante por cuanto representa el reconocimiento avalado por el organismo internacional del más alto nivel, de la categoría excepcional que tiene nuestra ciudad por sus valores urbanos, arquitectónicos, artísticos e históricos acumulados a lo largo de sus 450 años de existencia.
Sin embargo, es preciso tener claro que este hecho marca el inicio de un compromiso que obliga a una serie de acciones concertadas de las instancias gubernamentales, las instituciones académicas, los órganos civiles con objetivos afines y a la sociedad en su conjunto, para lograr una verdadera protección de Morelia, que al devolverle su limpieza, su esplendor y su armonía nos permita ofrecerla con orgullo al mundo contemporáneo y entregarla conservada a las generaciones que nos sucedan.
La propia Convención en su artículo 5° recomienda a los países participantes tomar medidas para garantizar una protección y conservación eficaces, tales como:
a) Adoptar una política general encaminada a atribuir al patrimonio cultural y natural una función en la vida colectiva y a integrar la protección de ese patrimonio en los programas de planificación general.
b) Instituir en su territorio, si no existen, uno o varios servicios de protección, conservación y revalorización del patrimonio cultural y natural dotados de personal adecuado que disponga de medios que le permitan llevar a cabo las tareas que le incumban.
c) Desarrollar los estudios y la investigación científica y técnica y perfeccionar los métodos de intervención que permitan a un Estado hacer frente a los peligros que amenacen a su patrimonio cultural y natural.
d) Adoptar las medidas jurídicas, científicas, técnicas, administrativas y financieras adecuadas para identificar, proteger, conservar, revalorizar y rehabilitar ese patrimonio; y
e) Facilitar la creación o el desenvolvimiento de centros nacionales o regionales de formación en materia de protección, conservación y revalorización del patrimonio cultural y natural y estimular la investigación científica en este campo.
Por su parte el Secretariado de CONALMEX, en entrevistas que tuvo el 30 de noviembre de 1990 con el C. Gobernador y el C. Presidente Municipal hizo entrega de sendos escritos recomendando respectivamente, la creación de un Consejo Estatal y un Consejo Municipal que atendieran en el ámbito de cada competencia y con el concurso de dependencias federales como : SEDUE, INAH, INBA, TURISMO y otros organismo académicos y sociales afines, las tareas relativas a la conservación, protección del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de Morelia.
En este sentido Morelia representa un gran avance porque cuenta con instrumentos jurídicos como: el Decreto Presidencial del 19 de diciembre de 1990 que como ya se mencionó declaró al Centro Histórico (219 manzanas), como Zona de Monumentos Históricos conforme a la Ley Federal de 1972 y su Reglamento; el Reglamento de la Conservación del Aspecto Típico y Colonial de la ciudad de Morelia que data de 1956 y la Ley que Cataloga y Prevé la Conservación, Uso de Monumentos, Zonas Históricas, Turísticas y Arqueológicas del Estado de Michoacán, expedida en 1974.
Igualmente hay delegaciones federales del INAH y SEDUE; la Junta de Conservación que funciona en el municipio derivada del Reglamento de 1956; la Junta Estatal prevenida en la Ley de 1974, un Comité del Centro Histórico que forma parte del Consejo de la Ciudad y se cuenta con un representante por Michoacán en la Comisión Nacional para la Preservación del Patrimonio Cultural.
Sin embargo, falta establecer en los hechos, la coordinación que ordena en artículo 5° del Decreto de 1990, entre las autoridades federales, estatales y municipales y demás dependencias y entidades competentes en la materia.
También será de mucho valor, el cuerpo normativo que complemente dicho Decreto y que está en proceso de elaboración.
Pero lo esencial será la toma de conciencia y participación activa de toda la ciudadanía moreliana, para logar el verdadero resguardo y defensa de Morelia hoy reconocida internacionalmente como Patrimonio Mundial.
El expediente
La solicitud que se envía a la UNESCO para que un bien sea inscrito en la Lista del Patrimonio Mundial debe sustanciarse con: el Formulario de propuesta de inscripción proporcionado por el propio organismo, debidamente contestado, en inglés o francés, en forma sintética pero suficiente y clara para fundamentar la petición y todos los anexos que se quieran: documentos, planos, libros, fotografías, videos, films, etc. El expediente que se integró para Morelia, constó del Formulario contestado en francés; 13 anexos documentales; 27 libros, 52 planos, dos álbumes de fotografías selectas, uno en blanco y negro y el segundo en color, una serie de 40 transparencias y un video.
Reunir todo este material mediante investigación, redacción, traducción, elaboración o copiado de planos y fotografías y producción del video fue la tarea a desarrollar. Ya lograda la coordinación entre las dependencias Federales, Estatales, el Municipio de Morelia y el Subcomité del ICOMOS se dio inicio a la conformación del expediente.
Los puntos del Formulario y los anexos se distribuyeron entre los organismos representados en la Comisión que se formó.
Estos puntos contienen lo siguiente:
1.- Localización precisa de la Zona de Monumentos en el país, el estado y la ciudad, en planos y con indicación de coordenadas geográficas y altura sobre el nivel del mar.
2.- Datos jurídicos:
a) diferentes categorías de propiedades en la zona propuesta que tiene una extensión de 3.9 km2.
b) Los instrumentos jurídicos que se aplican para su conservación (Anexo 1. Documento del INAH sobre la extensión de la zona a considerar para el Decreto Federal).
c) Administración responsable, es decir, el Gobierno en sus tres niveles
3.- Identificación:
a) Descripción e inventario. Resumen geográfico de la configuración urbana e inventario de los monumentos que hay en la zona, los espacios abiertos, el siglo al que pertenecen los 249 edificios más relevantes en términos absolutos y porcentuales. (Anexo 2 texto descriptivo del perímetro de la zona).
b) Mapas y planos. Este apartado comprende los planos topográficos, de localización geográfica, de desarrollo histórico (siglos XVI al XX), urbanos, de plazas y jardines, de delimitación del Centro Histórico, de delimitación de la Zona de Protección, de identificación y calificación de los1,113 construcciones consideradas monumentos para efectos del Decreto Federal y del Plan General de Desarrollo.
c) Fotografías, transparencias y video.
d) Historia. Brevísimo resumen histórico de Morelia. (Anexo 3. Texto histórico ampliado).
e) Bibliografía. Consta de 15 títulos escogidos por tener un límite marcado. Sin embargo, se enviaron 27 libros unos originales y otros, por no haber en existencia, en fotocopia debidamente empastados.
4.- Estado de conservación
a) Diagnóstico de la zona, con los cambios que ha sufrido el uso del suelo y los porcentajes relativos actuales.
b) Agentes responsables de la preservación y de la conservación. Aquí se citan las tres instancias de Gobierno.
c) Historia de la preservación. En pocas líneas se sintetizaron los datos sobre el tema, que se remontan a las Ordenanzas de Don Vasco de Quiroga, sigue con documentos de los siglos XVIII y XIX ya específicos sobre la ciudad, continúan con un recuento de las leyes sobre la materia expedidas en Michoacán y terminan con la mención de acciones recientes de los organismos competentes. (Anexo 4. Copias de documentos de archivos y de textos de ordenanzas, bandos municipales, leyes y reglamentos.)
d) Medios de preservación o de conservación. Se desglosan en: jurídico-administrativos; técnicos y económicos.
e) Planes de gestión: Medidas que se tomarán para asegurar la preservación de Morelia en los ámbitos Federal, Estatal y Municipal.
5.- Justificación. En este punto se relacionan los valores que caracterizan a Morelia y que le dan singularidad y preponderancia suficientes para justificar su inclusión en la Lista del Patrimonio Mundial.
6.- Relación de los organismos que participaron en la elaboración del expediente de inscripción.
Gracias a la disposición y profesionalismo de las autoridades y colaboradores de las dependencias responsables en Michoacán, a la ayuda de pasantes de arquitectura que colaboraron en la elaboración de muchos planos, de ciudadanos que desinteresadamente tradujeron el texto del formulario del español al francés y de las orientaciones y apoyos recibidos de los miembros del CONALMEX y de la Comisión Nacional para la preservación del Patrimonio Cultural, el resultado de los trabajos fue positivo ya que se cumplió en tiempo y forma de acuerdo a lo requisitado, habiendo merecido inclusive, un reconocimiento, en virtud de haber integrado uno de los expedientes más bien integrados de cuantos se han remitido a la UNESCO.
Declaratoria de Morelia, Zona de Monumentos Históricos
El 19 de diciembre de 1990, el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos declaró a Morelia como Zona de Monumentos Históricos.
Esta declaratoria se basa en: la Ley Orgánica de la Administración Pública; Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas; Ley General de Asentamientos Humanos; Ley Federal de Turismo; Ley General de Bienes Nacionales y Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia.
El Plan Nacional de Desarrollo 1989-1994 establece como política cultural del Gobierno Federal, proteger y difundir el patrimonio arqueológico, histórico y artístico; dado los antecedentes de la ciudad de Morelia justo es se le declare Zona de Monumentos Históricos.
Morelia es una ciudad que se erigió en el Valle de Guayangareo, mismo que estaba habitado por pirindas como lo muestran los restos arqueológicos encontrados en varios puntos de la ciudad.
Aquí se estableció el primer asentamiento hispánico para la evangelización del Occidente de la Nueva España, a partir de 1537 con la llegada de fray Juan de San Miguel y fray Antonio de Lisboa, mismos que comenzaron templo y convento de la orden franciscana en los alrededores de la hoy Morelia.
El 18 de mayo de 1451, por disposición del Virrey de la Nueva España, Don Antonio de Mendoza se funda la ciudad de Mechuacán; en 1543 es trazada la ciudad sobre un amplio valle rodeado de montañas y con abundante agua proveniente de los manantiales de San Miguel del Monte; así como grandes bancos de cantera para la construcción de templos, conventos, seminarios, casas reales, colegios, hospitales, portales, acueducto, etc.
Fue trazada por el alarife Juan Ponce con el uso del cordel y delineándola con cuadrícula de proporciones renacentistas en forma cuadrangular, de oriente a poniente en la cual se edificarían la catedral, casa del cabildo, plaza de armas, cárcel y carnicerías; se definió también la calle real, eje rector para la posterior construcción de los diferentes edificios y distribución de plazas y barrios.
En 1580 se traslada la Sede Episcopal de Pátzcuaro a Valladolid; en 1744 la construcción de catedral y para estas fechas, se incrementa la construcción de obras siendo las más importantes; Las Monjas (Templo y Convento de las Catarinas), Las Rosas (Templo y Colegio en donde funcionó el primer conservatorio de América); el Santuario de Guadalupe y su calzada, San Diego, el Hospital de San Juan de Dios y Capuchinas (Templo y Convento de Indias Casicas), el Obispado, la Cárcel de Clérigos, el Colegio de la Compañía, el Colegio Seminario, la Aduana, la Renta del Tabaco y la Alhóndiga y las casas habitación de: los Huarte, Michelena. Anzorena, García Obeso, Lejarza y Anzuaga, Iturbide, Fonserrada, Peredo, Vélez, Alzúa, Oviedo, Gómez, Mauleón, Pagola, De los Ríos, Abad y Queipo, entre otros.
En las construcciones indicadas se manifiesta la arquitectura escolar que alcanzó gran relevancia, así como prestigio académico con la fundación del Seminario Tridentino, el Colegio de San Nicolás de Obispo (Segundo Colegio de Altos Estudios fundado en América), el Colegio de Santa Rosa María (antecedente del Conservatorio de Música) y el Colegio de la Compañía de Jesús.
El 16 de septiembre de 1828, la Segunda legislatura Constitucional de Michoacán dispuso se cambiara el nombre de Valladolid a Morelia en honor a su hijo predilecto, José María Teclo Morelos y Pavón que nació en el barrio de San Agustín el 30 de septiembre de 1765 y más tarde sería uno de los principales héroes de la Independencia de México, haciéndose llamar “Siervo de la Nación”.
Coincidentemente con el nacimiento de Morelos, llega a Valladolid Miguel Hidalgo y Costilla, para educarse y formarse en los colegios de San Francisco Javier y de San Nicolás Obispo; de éste último fue destacado alumno, profesor, tesorero, secretario, vicerrector, ocupando el cargo de rector cunado José María Morelos y Pavón era alumno del mismo.
El 27 de septiembre de 1793 nace en Valladolid Agustín de Iturbide quien junto con el general Vicente Guerrero firmara el acta de consumación de la Independencia de México.
En 1809, prendió la llama por la lucha de la libertad con la conspiración de los intelectuales más representativos de entonces.
El 19 de octubre de 1810, por disposición de Don Miguel Hidalgo y Costilla, Don José María Anzorena, Intendente Corregidor, publica en primer Bando de Abolición de la Esclavitud, hecho de gran trascendencia para el futuro de la nación y de América.
En el portal “Ecce Homo” el 3 de febrero de 1814 es fusilado don Mariano Matamoros; en honor a él este portal conserva su nombre.
Durante los años de 1877 a 1908 se dio gran impulso a las obras públicas, destacando el eclecticismo como se observa en obras tales como: el Hospital General, el actual Palacio Federal, Palacio de Justicia, Mercado de San Francisco, Panteón Municipal, Colegio Salesiano, el edificio del Seminario anexo al templo de San José y obras urbanas de distribución de agua potable y desalojo de drenajes.
Por decreto del Gobierno de Pascual Ortiz Rubio, el 14 de agosto de 1917 se crea la Universidad Autónoma de Michoacán de Ocampo considerada como la primera universidad autónoma del país, la denominación final fue Universidad Michoacana de San Nicolas de Hidalgo.
Morelia está caracterizada por el predominio de la arquitectura religiosa, por poseer una privilegiada situación urbana y conservar su traza, los rasgos originales de su diseño, tiene el acompañamiento de la arquitectura histórica-civil, distribución, dosificación y proporción espacios libres, plaza, calles y jardines, que permiten perspectivas, focos, remates visuales cada cuatro o cinco calles frente a los templos o edificios principales de la ciudad.
Morelia forma un conjunto cultural de gran valor, por sus características formales en sus edificaciones, la relación de espacio y su estructura urbana, armonía volumétrica, calidad constructiva y unidad plástica en que se presentan los diferentes estilos artísticos y arquitectónicos desarrollados a través de los siglos, como elocuente testimonio para la historia artística, política y social de México.
El Decreto sobre Morelia crea un precedente histórico en el país de suma importancia, siendo la primera ocasión que se establece una coordinación adecuada entre las tres instancias de gobierno.
Por todo lo anterior el Decreto emitido por el Ejecutivo Federal, se instituye como elemento legal y constitucional que norma y protege el patrimonio de los morelianos constituyendo esta acción el interés de las autoridades para conservar nuestro patrimonio cultural.
Coordinación con CONALMEX
Por su parte la Comisión Nacional de los Estados Unidos Mexicanos (CONALMEX) para la UNESCO bajo la Secretaría del Arq. Miguel Messmacher, hace del conocimiento al Sr. Embajador Miguel León Portilla para que éste notifique a la división del Patrimonio Cultural de la UNESCO que México presentará la propuesta referente a Morelia antes del 1° de octubre de 1990 a fin de que se cumpla con la formalidad requerida por el organismo internacional con sede en París, Francia.
A partir de entonces la CONALMEX realizó una serie de reuniones, donde se afianza la coordinación entre organismos y las tres instancias de gobierno, además de la Comisión Nacional para la Preservación del Patrimonio Cultural.
En dichas reuniones se hicieron observaciones de vital importancia para que el proceso no encontrara obstáculo alguno, dado que el tiempo de recepción de solicitudes cerraba el 1° de octubre de 1990.
El dictamen a dicho expediente se daría en diciembre de 1991, esperando todos los participantes, una respuesta positiva, que posibilitara garantizar, incluso bajo normas internacionales, la conservación de la ciudad de Morelia, digna y justa distinción como un bello obsequio en su 450 aniversario.
El Plan Director de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Morelia
Debido a que el crecimiento de la ciudad continúa siendo acelerado y anárquico, se producen efectos importantes en los aspectos sociales, económicos y políticos. Después de analizado el en su actualización 1987, se hace necesario nuevamente su actualización a 1991, a fin de adecuarlo a las circunstancias y demandas de los habitantes de Morelia.
El plan contempla una serie de estrategias para la determinación de un ámbito de aplicación que define: áreas de reserva urbana, de reserva patrimonial y de preservación ecológica fijándose como objetivos: lograr un adecuado desarrollo urbano, evitando los asentamientos irregulares, abatir las diferencias que presenta la infraestructura y equipamiento urbano, para lo cual se contemplan planes parciales y sectoriales dentro del plan director.
Así tenemos que el 12 de febrero de 1990 en sesión ordinaria de Cabildo, el H. Ayuntamiento de Morelia, aprueba la actualización del Plan Director de Desarrollo Urbano, dentro del cual se contempla el plan sectorial de la Zona de Monumentos Históricos, circundada por un área de transición que tiene por objeto la protección de zonas de monumentos, por medio de la reglamentación que controle los aspectos relacionados con los cambios de uso del suelo; subdivisión de predios e inmuebles; densidad de población por hectárea; número de niveles por construcción; altura de las edificaciones, volumetría y expresión formal, para la integración correcta del entorno urbano.
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La delimitación de la Zona de Protección fue hecha por requerimiento del organismo internacional para complementar el expediente y la medida fue aprobada por el Cabildo.
(NOTA1.- Texto íntegro tomado del folleto Morelia Patrimonio Mundial, publicado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del Gobierno del Estado de Michoacán con la colaboración del personal de investigación del INAH, con motivo de la inscripción de la ciudad de Morelia en la Lista del Patrimonio Mundial de la UNESCO, en diciembre 1991, Morelia, Michoacán, México.
Nota2.Para el año 2001, el Ayuntamiento de Morelia publicaría, el Programa Parcial de Desarrollo Urbano del Centro Histórico de Morelia, vigente hasta nuestros días, a fin de lograr un adecuado desarrollo urbano del Centro Histórico de Morelia.)