Para fundamentar este artículo primero es importante saber, ¿Qué es la Suprema Corte de Justicia de la Nación?, “Es el Tribunal Constitucional de México y encabeza el Poder Judicial de la Federación. Su principal función es vigilar que las leyes y actos de autoridad se apeguen a la Constitución y no vulneren los derechos humanos de las personas. La Corte, en su papel de guardiana de la Constitución, garantiza la separación de poderes, el principio democrático y los derechos fundamentales para beneficio de todas las personas que habitan el territorio nacional”. (Publicado en la página de internet de la SCJN).
Pero la realidad es muy diferente ya que los ministros y ministras de la SCJN no ha cumplido con la función para la cual fueron elegidos. En el año 1999 Iberdrola gano la primera licitación de (Productor Externo de Energía) para una planta de 500 MW de ciclo combinado Monterrey lll, de acuerdo con información publicada por Gonzalo Pérez Director del Grupo Iberdrola México, en Nebrija.com/caso-méxico-iberdrola, Universidad de Nebrija P/161, esta licitación constituye una violación a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ya que para esta fecha estaba prohibida la producción de energía eléctrica por particulares por que, el Articulo 27 se reformo hasta el 20 de diciembre de 2013 en su párrafo sexto en donde dice, “que los particulares podrán participar en las demás actividades de la industria eléctrica”, refiriéndose a la producción de energía eléctrica, a partir de esta reforma del 20 de diciembre de 2013, los particulares podrían producir energía eléctrica legalmente, pero la SCJN no cumplió con su responsabilidad para la cual fue creada, por lo tanto la SCJN no imparte justicia, no da los resultados esperados por la tanto es una SCJN fallida, y contraria a los intereses de la nación.
El caso Paraje San Juan, donde la SCJN autorizo el pago de mil 810 millones de pesos indebidamente. Después de un largo conflicto legal, en el que el entonces jefe de Gobierno capitalino, Andrés Manuel López Obrador, se negó a cubrir una indemnización de mil 810 millones de pesos, ayer la Suprema Corte de Justicia de la Nación reconoció su error y dio por concluido el pago por el Paraje San Juan, ubicado en Iztapalapa, al confirmar que la administración del DF cumplió sus obligaciones, por un total de 60 millones 481 mil 112 pesos y 92 centavos, más las actualizaciones correspondientes. Más otro poago por un millón 306 mil 997 pesos, por concepto de actualización, información publicada en el Periódico la Jornada el jueves 30 de noviembre de 2006 escrito por Jesús Aranda, estos actos constituyen un atropello a la justicia ya que esta decisión de la SCJN, es contraria al interés general ya que autorizo pagos fraudulentos, lo que caracteriza a los ministros es no respetar las leyes. La SCJN es un poder fallido que no da los resultados esperados, los fallos de la SCJN son contrarios al interés general, carentes de ética y probiedad por lo tanto como dice en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 39. “La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno”. Tomando como fundamento este Artículo y los malos resultados de los ministros de la SCJN, es necesario modificar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para que los ministros sean electos por el voto directo de los ciudadanos.
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