Congreso local no prevé sesionar, pese al mandato judicial emitido para dejar sin efectos elección del Auditor Superior de Michoacán
Pese al mandato judicial emitido por el Juzgado Cuarto de Distrito para dejar sin efectos la elección Marco Antonio Bravo Pantoja como auditor Superior de Michoacán, en el Congreso no prevé sesionar en los próximos días.
Aun y cuando en estrados se publicó que la Junta de Coordinación Política no puede dejar sin efectos el decreto por el que se eligió a Bravo, de manera formal la notificación sobre el asunto no habría llegado a la Cámara según informó ayer la presidenta de la Mesa Directiva, Ivonne Pantoja a los coordinadores parlamentarios.
Incluso la reunión que tenía programada la Junta de Coordinación Política el día de ayer, no se realizó, sin que se estableciera nueva fecha para celebrarse.
Sobre la ruta que habrá de seguir el Congreso ya que se sesione y sea notificado el Pleno, aún no hay claridad.
En la notificación publicada en estrados, se señala que: “toda vez que el acuerdo emitido por la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado, el uno de diciembre del año en curso, derogó un decreto legislativo emitido por el Pleno de dicho Congreso, sin que se cumpliera con los trámites establecidos para su formación, como lo señala el artículo 239 de la Ley Orgánica y de Procedimientos del Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo, se requiere al Congreso del Estado de Michoacán, para que para que dentro del término de 24 horas, contadas a partir de que quede debidamente notificada de este acuerdo, cumpla cabalmente con la resolución interlocutoria de uno de diciembre de 2023”.
A partir de ello, una ruta sería que el Pleno sesione para que se le haga del conocimiento la resolución de la juez, y de ahí se turne a la Comisión Inspectora de la Auditoría Superior de Michoacán –que fue la encargada de elaborar el dictamen por el que se eligió a Marco Bravo- para que elabore un dictamen en el que determine dejar sin efectos el decreto 461. Posteriormente, que dicho dictamen sea turnado a Pleno para su aprobación, y así ser turnado al Ejecutivo para que lo publique en el Periódico Oficial del Estado.
Sin embargo, la resolución de la juez al explicar su determinación señala: el órgano (el Pleno) con facultades para ello, deberá: dejar sin efectos el decreto número 461, publicado en el Periódico Oficial del Estado, el 18 de octubre de 2023, mediante el cual se eligió a Marco Gravo, como Auditor Superior de Michoacán, por un periodo de siete años contados a partir del día de su toma de protesta, la cual aconteció en esa misma fecha; y en su lugar, emitir el acto congruente a los efectos de la suspensión definitiva.
Bajo esa perspectiva, otra ruta podría ser que a propuesta de la presidencia de la Mesa Directiva o de la propia Junta de Coordinación Política se someta a Pleno la propuesta de dejar sin efectos el referido decreto, con lo que se estaría cumpliendo con el fallo de la jueza ya que la decisión final seguiría recayendo en el Pleno.
La jueza en su fallo, deja abierta la posibilidad que en caso de no cumplirse que el Pleno intervenga en su complimiento, se “justifique el fundamento jurídico que otorga a la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado de Michoacán, la facultad para dejar sin efectos un decreto emitido por el Pleno de dicho órgano legislativo”.
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La Cámara podría enviar dicha justificación dentro de las 24 horas de plazo otorgadas. En caso que la jueza considere que dicha justificación no es válida, podría emitir una nueva comunicación ya ordenando directamente que el tema pase por el Pleno.