Legisla Colima contra las terapias de conversión que atenten contra la población LGBT
Colima.-Legisla Colima contra las terapias de conversión y establece la sanción de dos a cinco años de prisión a quien las realice.
Este martes el Congreso estatal aprobó reformas a diversas disposiciones del Código Penal, a la Ley que previene, combate y elimina la discriminación y a la Ley de Salud.
Por ello, se impodrá como sanción de dos a cinco años de prisión, de 50 a 100 horas de trabajo a favor de la comunidad, a toda persona que imparta, promueva, ofrezca, aplique, financie, someta u obligue, con o sin fines de lucro, a otra a recibir una terapia de conversión.
De acuerdo con un comunicado del Congreso, el dictamen fue presentado por Vladimir Parra Barragán, quien manifestó que el Consejo Nacional para Prevenir La Discriminación (CONAPRED) concluyó que las denominadas terapias de conversión, transgreden los derechos del libre desarrollo de la personalidad, de la salud, entre otras características, además, son potencialmente dañinas al desconocer la diversidad sexual.
También manifestó que la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Colima (CDHEC), llamó al pleno del Congreso, para prohibir este tipo de prácticas, que de igual forma son denominadas como Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género (ECOSIG).
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Por ello, el diputado expuso que se entenderá por “identidad de género”, a la vivencia interna e individual del género, tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado en su nacimiento.
Con la aprobación del Congreso, se considerará como conducta discriminatoria el obligar a una personas a un tratamiento médico o psiquiátrico, como también el promover, impartir, aplicar o financiar cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica.