Foto: Raúl Tinoco

El artículo 29 de la Constitución señala que solo el presidente de México y el Congreso de la Unión puede aprobar dicha medida

Morelia, Michoacán.- El plan de confinamiento obligatorio que prepara el gobierno de Michoacán, sería inconstitucional y estaría fuera de la ley, ya que ni el mandatario estatal, Silvano Aureoles Conejo, ni el Comité de Crisis ante el COVID-19, tienen facultades jurídicas para aplicarlo, pues según el artículo 29 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, solo el presidente, Andrés Manuel López Obrador y el Congreso de la Unión o la Comisión Permanente, podrían aprobarlo.

La tarde de este 7 de abril, la Coordinación General de Comunicación Social (CGCS) del Gobierno de Michoacán publicó un comunicado de prensa en el que se anuncia que: “Ante la prioridad de salvaguardar la salud de las y los michoacanos, el Comité de Crisis ante el COVID-19 prepara un plan de confinamiento para aquellas personas que no cumplan con las medidas de aislamiento recomendadas por las autoridades sanitarias, a fin de reducir la velocidad de propagación del COVID-19”.

El comunicado añade que: “En esa fase, las personas que no acrediten realizar actividades esenciales fuera de su casa, serán trasladadas a los espacios que se habilitarán para el confinamiento, bajo protocolos coordinados con la autoridad sanitaria”.

Además cita textualmente al gobernador Silvano Aureoles Conejo, quien señala que la medida estaría fundamentada en que: “La principal preocupación en esta emergencia es cuidar la salud y la vida de las personas; hay gente que todavía no toma con seriedad las medidas de prevención y es imperante que la población tome conciencia de que permanecer en casa es la mejor solución”.

El texto oficial explica que: “En reunión con el Comité de Crisis ante el COVID-19, las y los integrantes coincidieron en la importancia de incrementar gradualmente las acciones que fomenten el aislamiento domiciliario, como un tema de salud pública en esta contingencia”.

No obstante, el artículo 29 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que “En los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública, o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto, solamente el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, con la aprobación del Congreso de la Unión o de la Comisión Permanente cuando aquel no estuviere reunido, podrá restringir o suspender en todo el país o en lugar determinado el ejercicio de los derechos y las garantías que fuesen obstáculo para hacer frente, rápida y fácilmente a la situación”.

Y añade: “pero deberá hacerlo por un tiempo limitado, por medio de prevenciones generales y sin que la restricción o suspensión se contraiga a determinada persona. Si la restricción o suspensión tuviese lugar hallándose el Congreso reunido, éste concederá las autorizaciones que estime necesarias para que el Ejecutivo haga frente a la situación; pero si se verificase en tiempo de receso, se convocará de inmediato al Congreso para que las acuerde”.

Lo anterior implica que, de echar a andar el “confinamiento obligatorio”, el Ejecutivo de Michoacán caería en la inconstitucionalidad e implementaría una medida fuera de la ley, a pesar de justificar la acción con el argumento de que el coronavirus “ponga a la sociedad en grave peligro”, ello, debido a que solo el presidente, con la aprobación del Congreso de la Unión o la Comisión Permanente del Legislativo federal, pueden decretar la medida.  

Según abogados especialistas en el tema, la medida del gobernador debería estar encaminada a presentarse ante el presidente de México y los legisladores federales, a fin de que el primero la valore y acepte la viabilidad del confinamiento, mientras que los segundos deben legislar en torno a las normas que regularán las detenciones, a efecto de definir a quiénes se puede detener y trasladarlos a los espacios habilitados para el confinamiento y a quiénes no.

De no encaminarse por dicha vía, la medida anunciada por el gobierno de Silvano Aureoles, podría caer en el delito de abuso de autoridad de quienes lleven a cabo las detenciones.

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Benjamín Álvarez es egresado de la Facultad de Filosofía "Samuel Ramos Magaña" de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH). Ejerce el periodismo desde septiembre del 2008. Ha laborado en los medios informativos Cambio de Michoacán,...