Tribunal frena el aumento de tarifa en el transporte público de Michoacán, otorgando una suspensión provisional a un usuario afectado.
Morelia, Michoacán.-En sesión extraordinaria, el Primer Tribunal Colegiado de Circuito en materias Administrativa y de Trabajo resolvió a favor la queja 98/2025, concediendo la suspensión provisional en contra del decreto mediante el cual se incrementa la tarifa del transporte público en Michoacán.
El magistrado ponente Omar Líbanos Ruiz expuso que el recurso controvertía el auto dictado por el juez Séptimo de Distrito, quien negó inicialmente la suspensión solicitada en el juicio de amparo 554/2025.
El promovente, un profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, impugnó el incremento de 10 a 11 pesos en el servicio de combis urbano y suburbano, alegando afectaciones directas como usuario.
En su exposición, el magistrado Líbanos propuso declarar fundado el recurso, al considerar que el ciudadano acreditó interés suspensional mediante la comprobación de su residencia y empleo en Morelia, aunado al hecho conocido de que en el servicio de combi no se expiden comprobantes de pago.
Bajo esa lógica, la suspensión otorgada tendrá efectos únicamente para el quejoso, conforme a las reformas recientes a la Ley de Amparo.
Durante la discusión, el magistrado Horacio Ortiz González votó en contra y anunció que formularía un voto particular, al señalar que el proyecto anticipaba un análisis de inconstitucionalidad improcedente en la etapa de suspensión provisional. Ortiz argumentó que no se acreditó suficientemente que el promovente sea usuario del servicio, y cuestionó que se omitiera valorar la fijación de garantías a favor de los concesionarios, quienes podrían resultar afectados.
Por mayoría de dos votos contra uno, el pleno del Tribunal resolvió conceder la suspensión provisional, sin considerar de relevancia o trascendencia su publicación, y formalizó la conclusión de la sesión a las 13:25 horas.