Con dos votos a favor (uno de calidad) del presidente del organismo, Abraham Montes, y el voto en contra de Ruth Espinoza se otorgará el finiquito a la excomisionada Areli Navarrete sin estar previsto por la Ley
Morelia, Michoacán.- Un finiquito completo, como si hubiera cumplido con todo el periodo para el cual fue designada por el Congreso, es el que recibirá Areli Navarrete Naranjo luego de renunciar como consejera del Instituto Michoacano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IMAIP).
El asunto se decidió este miércoles en la sesión del Consejo del IMAIP, en donde con dos votos a favor (uno de calidad) del presidente del organismo, Abraham Montes Magaña, y el voto en contra de la comisionada Ruth Espinoza Pérez, serán 315 mil 437.18 pesos netos los que se destinen de las arcas del Instituto a Areli Navarrete para su finiquito e indemnización.
Cabe apuntar que el periodo para el que fue nombrada la excomisionada concluía hasta el próximo 18 de agosto, pero ella decidió presentar su renuncia con carácter irrevocable al cargo. El documento lo turnó al Congreso del Estado el pasado 28 de junio, sin que ahí estableciera razón alguna, aunque corrió la versión de que aspiraría a una magistratura en el Tribunal de Justicia Administrativa.
El pasado dos de julio, Areli Navarrete turnó un oficio al presidente del Instituto solicitando le fuera entregado lo correspondiente al señalado en el artículo 12, fracción XV, del Reglamento Interior del IMAIP, “al actualizarse el término de mi encargo como comisionada; asimismo, lo correspondiente a las prestaciones de ley generadas durante el mismo”.
La fracción XV a la que alude en su oficio la excomisionada, establece que “las y los comisionados integrantes del Pleno de conformidad con el artículo 107 de la Ley de Transparencia, serán designados por el Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo, quienes, al término de su encargo, recibirán el equivalente a tres meses de su salario bruto mensual”.
Finiquito a la Excomisionada Areli Navarrete
Cabe apuntar que el artículo 107 de la Ley de Transparencia no establece que los comisionados del IMAIP tengan derecho a una retribución económica al término de sus funciones. A lo que alude dicho artículo es al procedimiento que deberá realizar el Congreso para designar comisionados, y a que el Pleno del IMAIP es su órgano máximo de autoridad.
El Reglamento Interior del IMAIP, por el que Abraham Montes dio luz verde a la retribución económica de Areli Navarrete, fue aprobado tanto por él, como por la propia Navarrete. Con él ambos son susceptibles al beneficio de la retribución económica al fin de su encargo, pues el periodo de Montes concluye también este año.
Durante la sesión del Pleno del Instituto celebrada este miércoles, la comisionada Ruth Espinoza manifestó su rechazo a otorgar el estímulo económico previsto en el Reglamento cuando se termine el periodo para el que fue designada Areli Navarrete.
Recordó que la fecha en que Navarrete terminaría su encargo como comisionada “es hasta el 18 de agosto del año en curso, sin embargo, renunció el 30 de junio de este año, por ello, claramente podemos advertir que no terminó su encargo y que renunció antes de concluir el periodo por el cual fue electa, por lo tanto, no se actualiza el supuesto para la entrega de los tres meses de su salario bruto mensual que solicita”.
Y agregó: “referente a que le sea entregado lo correspondiente a las prestaciones de Ley generadas en su encargo, no se encuentra en duda su otorgamiento en cuanto a la parte proporcional del aguinaldo, la parte proporcional de vacaciones no disfrutadas, y la parte proporcional de la prima vacacional”.
Por su parte Abraham Montes reconoció que este tipo de pagos es una práctica que se ha venido dando en el IMAIP, argumentando que es “su derecho” (de los excomisionados y extitulares).
Luego buscó argumentar que es distinto “el término del encargo” a “el término del periodo”, y que si fuera “el término del periodo”, entonces la retribución sólo podría darse como Ruth Espinoza argumentaba.
“El encargo termina cuando se termina la relación de realizar la actividad, como comisionados incurriríamos en falta al negarle un derecho e incluso iríamos en contra del presupuesto, porque esto ya estaba previsto, es una prestación a la que tenemos derecho”, aseguró.