La SCJN posicionó que la extinción de 13 de los 14 fideicomisos del PJF, sí afecta los derechos laborales de su personal trabajador
Ciudad de México.- La extinción de 13 de los 14 fideicomisos del Poder Judicial de la Federación (PJF) sí afecta los derechos laborales de su personal trabajador, posicionó la Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN), respecto a la iniciativa de ley aprobada el pasado martes en la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados.
Por medio de un comunicado de prensa, la SCJN indicó que, al menos, seis fideicomisos están relacionados con obligaciones patronales, tanto laborales como de seguridad social: pensión, vivienda, cobertura de salud y retiro.
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Aclaró que los derechos tutelados en la Constitución, en la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado y otros instrumentos normativos en la materia, no constituyen prestaciones adicionales, sino que fueron adquiridos por las personas trabajadoras en el PJF que ya cumplen los requisitos establecidos en las reglas de operación de cada fideicomiso, así como de quienes eventualmente cumplirán con ellos.
En consecuencia, señaló que los recursos que integran estos fideicomisos se requieren para el aseguramiento de tales derechos adquiridos, en el presente y a futuro, con base en análisis actuariales que definen el porcentaje de participación de fideicomisos y el porcentaje de gasto corriente.
Asimismo, informó que el personal operativo del PJF, representa más del 60 por ciento de la plantilla y es el principal beneficiario de las prestaciones laborales vinculadas a los fideicomisos.
Adicionalmente, estableció que la extinción de fideicomisos sí limita la operatividad del Poder Judicial de la Federación y, con ello, el derecho al acceso a la justicia en perjuicio de la sociedad en su conjunto.
Ejemplo de lo anterior, es la extinción del fideicomiso cuyos recursos financian la implementación de obligaciones derivadas de reformas constitucionales y legales como la laboral y la suscripción de tratados internacionales -es el caso del T-MEC-, afectando los compromisos del Estado mexicano. Además, los fondos de otro fideicomiso, el 80687, se destinan a proyectos de infraestructura donde se imparte la justicia y que está al servicio de toda la ciudadanía, y no sólo del personal del PJF.
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Estableció también que la administración de los fideicomisos sí es pública, transparente y consultable por cualquier persona que quiera conocerla, al contar con mecanismos de rendición de cuentas, por lo que la iniciativa aprobada no significa una mejora en este rubro. De manera trimestral se actualiza y publica, no solo en los portales de transparencia, sino también en el Diario Oficial de la Federación.
Finalmente, la SCJN esclareció que los fideicomisos no están destinados al pago de prestaciones de ministras y ministros de La Corte ya que el relacionado con casas habitación de las personas magistradas y juezas, cubren gastos vinculados con prestaciones inherentes a sus funciones, como el contar con un lugar para residir cuando cambian de adscripción en cumplimiento de las necesidades de la judicatura.