Ciudad de México.- La separación funcional de empresas de telecomunicaciones es considerada una medida extraordinaria y de último recurso, sólo justificada cuando ante la instrumentación de varios esfuerzos de regulación, la competencia vía infraestructura no ha podido desarrollarse, aseñalaron los especialistas Angel García Castillejo y Víctor Pavón Villamayor.
Al participar en el Foro “La Decisión del IFT de Separación Funcional de Telmex: Afectaciones Económicas y laborales”, mencionaron que una decisión de esa naturaleza requiere necesariamente de la valoración del estado de despliegue de infraestructura en la industria, así como el impacto que esa medida tendrá sobre la inversión del operador afectado y del sector en su conjunto, en virtud del alto grado de irreversibilidad de esa medida.
Comentaron que en el ámbito de la experiencia europea, las autoridades reguladoras que busquen adoptar una medida de separación funcional requieren proveer a la Comisión Europea de evidencias que hay pocas posibilidades o ninguna de desarrollar competencia basada en despliegue de infraestructura dentro de un plazo razonable.
Asimismo, un análisis del impacto previsto de esa medida sobre la empresa regulada, las demás empresas del sector, los trabajadores de la compañía separada, el sector de las comunicaciones electrónicas en su conjunto, los incentivos para invertir en ese campo, el desarrollo de la competencia en infraestructura y el efecto sobre los consumidores.
También es preciso un análisis de las razones que justifiquen que esa obligación es el medio más adecuado para resolver los problemas de competencia o las fallas de mercado identificadas.
En el caso de México, la separación funcional aprobada por el Instituto Federal de Telecomunicaciones no proveyó ninguna de esas evaluaciones del impacto, ni tampoco llevó a cabo un análisis costo-beneficio que permitiese justificar con claridad que la separación funcional de Telmex fue la medida correcta o el instrumento regulatorio adecuado para atender la problemática competitiva de discriminación identificada en el mercado mayorista.