En sesión privada Congreso de Michoacán sesionará para juicio político a Auditor
Morelia, Michoacán.-En sesión privada la LXXV Legislatura del Congreso del Estado se erigirá mañana viernes en Jurado de Sentencia en sesión privada del Pleno a las 17:00 horas, para enjuiciar políticamente al auditor Miguel Ángel Aguirre Abellaneda a partir de la denuncia promovida por el Gobierno del Estado a través de la contralora estatal Azucena Marín Correa.
En la ruta por el control de la Auditoría Superior de Michoacán, el dictamen elaborado por la Comisión Jurisdiccional fue concluido el día de ayer, por lo que este jueves la Conferencia para la Programación de los Trabajos Legislativos volvió a reunirse luego de semanas de vacaciones, para agendar la sesión y convocar a los 40 diputados.
Conforme lo establece el artículo 224 de la Ley Orgánica y de Procedimientos del Congreso, la sesión de mañana tendrá carácter privado, aunque también por ley debe darse una segunda sesión de manera inmediata para emitir públicamente la resolución que se tome.
La Comisión Jurisdiccional habría avalado todo los argumentos esgrimidos en la solicitud de juicio político presentado por la contralora.
Es así como en lo dictaminado se establece que “está legalmente comprobada la conducta o el hecho materia de la denuncia”, por lo que se prevé establecer una inhabilitación de diez años a Aguirre Abellaneda para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público estatal o municipal de acuerdo con la Ley de la materia.
Ingresa a: Elección de nuevo auditor no puede darse hasta desahogados pendientes legales
A partir de lo esgrimido por la contralora, la Comisión Jurisdiccional el auditor no presentó los informes anuales en materia de fiscalización ante el Congreso o la Comisión Inspectora de la Auditoría Superior de Michoacán, en los ejercicios fiscales 2020, 2021 y 2022; que hubo conflicto de interés por la adquisición de insumos de cómputo para la Auditoria con la hermana de la Auditora Especial de Normatividad; que hubo omisión e incumplimiento de cubrir el pago del impuesto sobre erogaciones por remuneración al trabajo personal, durante los ejercicios fiscales 2020, 2021 y 2022; que hubo una mala integración del pasivo y la subsecuente omisión de revelar las obligaciones de pago respecto de las retenciones por ISR y aportaciones de seguridad social; y que hubo irregularidades y violaciones en los estados financieros que se refieren al activo circulante y al activo no circulante.