En el estado de Michoacán ya se debe priorizar el parto natural por mandato de Ley
Morelia, Michoacán.-En Michoacán ya se debe priorizar el parto natural por mandato de Ley, respetando los tiempos biológicos y psicológicos de la paciente, y evitando prácticas invasivas y suministro de medicación que no estén justificados por su estado de salud o de la persona por nacer.
Las nuevas disposiciones de la Ley de Salud quedaron asentadas luego que en la última sesión del Pleno del Congreso se aprobaron una serie de reformas en la materia.
Las medidas abarcan tanto a los establecimientos públicos como privados, los que además deberán informar a la paciente y a las personas que la acompañan, sobre las distintas intervenciones médicas que pudieren tener lugar durante esos procesos de manera que pueda elegir libremente cuando existan alternativas.
Frente a las múltiples quejas que se dan por el trato a las pacientes, fundamentalmente en los establecimientos públicos, ahora por mandato de Ley se establece la obligación de un tato con respeto a la paciente, de modo individual y personalizado, de tal manera que se le garantice la intimidad durante todo el proceso asistencial y se tenga en consideración sus pautas culturales.
Además se deberá facilitar la participación de la paciente como protagonista de su propio parto y se le deberá informar sobre la evolución de su parto, el estado de su hijo o hija y, en general, hacerla partícipe de las diferentes actuaciones de los profesionales.
Un nuevo mandato contemplado en la Ley de Saludo, establece la prohibición de someter a la paciente a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación, salvo consentimiento manifestado por escrito bajo protocolo aprobado.
También se deberá realizar lo conducente para que una persona de la confianza de la paciente la acompañe durante el trabajo de parto y postparto; así como para que la paciente tenga a su lado a su hijo o hija durante la permanencia en el establecimiento sanitario desde los primeros minutos de nacido, siempre que el recién nacido no requiera de cuidados especiales.
Aunado a lo anterior queda establecida la responsabilidad de los establecimientos públicos y privados de informar a la paciente, desde el embarazo, sobre los beneficios de la lactancia materna y brindarle apoyo para amamantar; así como de brindarle asesoramiento e información sobre los cuidados de sí misma y del niño o niña, e informarle específicamente sobre los efectos adversos del tabaco, el alcohol y las drogas sobre bebé y sobre ella misma.