Un juez ordenó a la SSM reinstalar a un trabajador en su centro de trabajo y el gobierno de Michoacán desacató y respondió con el despido del empleado
Morelia, Michoacán.- Con violaciones a la ley, desacato de ordenamientos judiciales, hostigamiento e incluso violencia de género, el gobierno del estado sancionó y cesó laboralmente a 45 trabajadores de la Secretaría de Salud de Michoacán (SSM), que se manifestaron el año pasado en exigencia de que la autoridad de la entidad saldara los adeudos de quincenas no pagadas.
En rueda de prensa, la lideresa del Sindicato de Trabajadores Descentralizados de la Secretaría de Salud en Michoacán (STDSSM), Guadalupe Pichardo Escobedo detalló que, debido a las irregularidades de los proceso sancionatorios a los trabajadores pertenecientes a este gremio, se recurrió a la senadora Blanca Piña, a fin de emitir un punto de acuerdo en dicha cámara legislativa, con el objetivo de que se exhortara al gobernador, Silvano Aureoles Conejo para concluir el hostigamiento y los despidos injustificados de los empleados.
Javier Sánchez, integrante del Comité del STDSM, detalló las irregularidades legales y jurídicas en los procesos sancionatorios emitidos por la autoridad de la SSM contra los trabajadores que se manifestaron el año pasado, con la exigencia de que se pagaran sus salarios.
Javier Sánchez detalló que los procedimientos administrativos iniciaron en septiembre después de levantarse la manifestación, sobre lo que puntualizó que “las autoridades, en franca represalia ordenaron que se levantaran actas administrativas a todos los trabajadores que habían estado manifestándose bajo el argumento legal de faltas injustificadas”.
Y añadió, “a partir del mes de septiembre se empezó con el levantamiento de actas, sin embargo, las acciones ya habían prescrito; la Ley Federal del Trabajo otorga un plazo legal de 30 días para que el patrón pueda sancionar a sus trabajadores y este plazo corre a partir de que el patrón toma conocimiento de la falta. En todos los casos, la fecha en que el patrón tomó conocimiento fue mucho muy anterior y la fecha en que inicia con los procedimientos administrativos excede los 30 días, incluso en algunos casos excede los 60 días”.
Sobre estos casos, Pichardo Escobedo comentó, “la Ley Federal del Trabajo nos dice que tiene un mes el patrón para sancionar; aquí lamentablemente fueron dos meses y medio después del primer despido, entonces desde ahí se está violentando”, incluso Javier Sánchez agregó que, durante la impugnación a las sanciones, las autoridades locales discriminaron a los agremiados, pues les señalaron que “para ellos única y exclusivamente existe el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Salud”.
El integrante del comité del STDSSM mencionó entre los casos de despidos injustificados el de la doctora Felicitas, quien supuestamente sería víctima de violencia de género, pues detalló, “incluye violencia de género en el procedimiento administrativo hacia nuestra compañera, la doctora Felicitas del centro de Jiquilpan, quien en el procedimiento administrativo fue hostigada y no se le permitió la representación sindical que marca la ley”.
A los casos de despidos injustificados, se suman sanciones de 13 cambios de adscripción de trabajadores a quienes se les imputaba la misma acción, lo que generó que Javier Sánchez comentara, “están dictando resoluciones diferentes para el mismo hecho, es decir, por la misma falta cometida, a unos los despide, a otros los suspenden en sueldo y funciones”.
De esta situación, el agremiado detalló, “al terminar la manifestación se instrumentaron las actas a 25 trabajadores; se tenía programado 40 actas (…) la contabilidad llega a 25 actas en Uruapan, de las cuales, 13 casos fueron sujetos a una sanción equivalente a un cambio de adscripción decidido unilateral y arbitrariamente por las autoridades, ellos determinaron, bajo el argumento de las necesidades de servicio, reubicarlos en los centros de trabajo más alejados de sus domicilios”.
Gobierno desacata orden de juez
Entre dichos casos, Guadalupe Pichardo mencionó el de Vidal Quiroz, a quien, tras el cambio de adscripción, se amparó y un juez ordenó reintegrarlo a su centro de trabajo, y contrario a ello, la autoridad de la SSM decidió despedirlo.
“Nos vamos al amparo con este caso en lo particular, se admite el amparo y el juez dictamina que se quede en su lugar de adscripción porque fue violentado, la autoridad responde que esto no fue cierto, nosotros acreditamos con el cambio de adscripción al propio juzgado, se le da el cambio y le ordena el juez a la autoridad que le mantenga su lugar de adscripción, sin embargo, la respuesta de la autoridad, fuera de toda situación jurídica, le da la rescisión; rescisión que no nos habíamos dado cuenta; rescisión que le fue dada porque llegaron a su domicilio y llegaron con dos testigos y ya se da por enterado al trabajador; hasta el día de antier nos llega a nosotros la notificación de que fue rescindido desde hace un mes”.
Y agregó, “cómo está actuando la autoridad que ni siquiera al juez le sigue la instrucción que estamos todos obligados a realizarlo, con la sanción correspondiente porque lo advierte el juez, sin embargo, ya está despedido de manera arbitraria, sin darle oportunidad a una defensa, estamos en proceso, esto va a tener una repercusión fuerte para la autoridad porque está desacatando una orden judicial y que tiene que realizarse”.