No incurrió periodista en violencia política en razón de género contra las mujeres, determinó este jueves el TEEM
El periodista Javier Favela, no incurrió en violencia política en razón de género contra las mujeres determinó este jueves el Tribunal Electoral del Estado (TEEM) al no incurrió en violencia política en razón de género contra las mujeres determinó este jueves el TEEM resolver la querella promovida por la diputada Liz Hernández en contra del dirigente perredista, Octavio Ocampo, y por el que Instituto Electoral de Michoacán habían dictado medidas cautelares contra el comunicador.
Cabe apuntar que el procedimiento promovido por la diputada panista Liz Hernández fue promovido en contra de declaraciones de Octavio Ocampo en una rueda de prensa, sin embargo, el IEM determinó imponer medidas cautelares contra el periodista que escribió la nota informativa dando cuenta de ellas, así como contra el periódico La Voz de Michoacán que la publicó.
La determinación fue cuestionada por el periodista Javier Favela y por el gremio periodístico en la entidad.
Durante la sesión, el Tribunal resolvió de fondo el Procedimiento Especial Sancionador promovido por la legisladora. La encargada de elaborar el proyecto de sentencia fue la magistrada Alma Bahena quien proponía establecer que Octavio Ocampo sí había incurrido en violencia política en razón de género, mientras que en el caso del periodista y el medio de comunicación planteaba la inexistencia de la violación a derechos político-electorales por razón de género.
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Sin embargo, los magistrados Salvador Pérez y Yurisha Andrade al razonar el asunto, consideraron también inexistente la conducta denunciada de Octavio Ocampo.
Es así como por votación mayoritaria se declaró la inexistencia de violencia política por razón de género atribuida a Octavio Ocampo Córdova; la inexistencia de la culpa in vigilando atribuida al Partido de la Revolución Democrática; se revocan las medidas cautelares decretadas por la Secretaria Ejecutiva del IEM en acuerdo de catorce de diciembre, impuestas a Octavio Ocampo Córdova.
Además, se declaró la inexistencia de violencia política contra las mujeres por razón de género, atribuida a Francisco Javier Favela Gerónimo y a La Voz de Michoacán, S.A. de C.V., y se revocan las medidas cautelares decretadas por la Secretaria Ejecutiva del IEM contra ambos.