Exige la correcta aplicación y el cumplimiento de la NOM-046-SSA2-2005, que es para la detección, prevención y atención médica
Morelia, Michoacán.- Con la finalidad de que los servicios de consulta externa, urgencias y de hospitalización que se brindan a las víctimas de violencia familiar y sexual, sean oportunos y efectivos, garantizando la calidad en la atención, como detección, prevención y orientación oportuna, el diputado Antonio Soto Sánchez presentó un punto de acuerdo para exhortar al Gobierno Federal, para que a través de las instituciones públicas de seguridad social se aplique correctamente la NOM-046-SSA2-2005 y se notifique de los casos a las autoridades correspondientes.
Al hacer uso de la máxima tribuna, el diputado integrante de la Comisión de Derechos Humanos en la LXXIV Legislatura Local, en el Congreso del Estado, propuso exhortar al Ejecutivo Federal para que a través de las instituciones públicas de seguridad social como lo es el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estados y el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas que en el estado forman parte del Sistema Nacional de Salud para que garanticen en sus servicios de consulta externa, urgencias y hospitalización así como la correcta aplicación de la NOM-046-SSA2-2005.
Dicha norma explicó que consiste en los criterios que deben seguirse para la detección, prevención, atención médica y orientación que se brindan a las personas afectadas por la violencia familiar o sexual, así como la notificación de los casos.
En el exhorto, Antonio Soto pidió que comiencen las acciones para sensibilizar y capacitar a su personal directivo y operativo que labora en los servicios de atención ambulatoria, urgencias y hospitalización sobre la correcta aplicación de la mencionada norma.
El diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (PRD), demandó que se elabore y mantenga al alcance del personal de salud un manual de procedimientos de atención a la violencia familiar y sexual que se base en la citada norma, así como dotarlos de los espacios físicos, materiales, insumos, equipo y medicamentos para el cumplimiento de la norma, con especial énfasis en los medicamentos para profilaxis de infección por VIH y anticoncepción postcoito.
“La violencia que ocurre en el ámbito privado como la violencia familiar, sexual o contra las mujeres se da muchas veces de manera oculta y soterrada; quienes la sufren están expuestos a un ambiente hostil y amenazante, incluso para su vida, en lugar y por las personas con quienes debieran sentirse más seguros y protegidos”.
Sin embargo, dijo, que las cifras que dan cuenta de la dimensión del problema no son claras, al no contarse con registros confiables, y debido a que muchos casos no se denuncian, ni por la víctima ni por las instituciones que brindan la atención.
Por ello, consideró que es apremiante que, en el caso de la NOM-046-SSA2-2005 se garantice su cumplimiento y que sea obligatoria para todas las instituciones del Sistema Nacional de Salud y para los prestadores de servicios de salud de los sectores público, social o privado en todo el país, ya que es una herramienta valiosa que permite al personal de salud contar con un marco de actuación frente a la violencia familiar, sexual y contra las mujeres.
“Los servicios de salud representan una ventana de oportunidad para detectar en forma temprana, atender oportunamente, limitar los daños a la salud y rehabilitar a quienes sufren las consecuencias de la violencia, problema que debe abordarse integralmente pues de lo contrario seguiremos atendiendo sus consecuencias con un alto costo para las instituciones de salud, para la sociedad y para las personas”, sostuvo Antonio Soto.
Asimismo dijo que, la detección oportuna es fundamental para brindar atención temprana a las personas involucradas en situación de violencia, ante lo que es vital que la norma se aplique, ya que en la misma contiene la información sobre las acciones a seguir para cada tipo de violencia, incluida la sexual, incorporando la obligación de brindar protección contra el virus de inmunodeficiencia humana y anticoncepción postcoito.
“Se explica además cómo cumplir con la obligación de dar aviso al Ministerio Público de los casos de violencia y su registro en los sistemas de información en salud y también contiene los lineamientos para la investigación clínica, epidemiológica y de salud pública en materia de violencia familiar, sexual y contra las mujeres y a la identificación de las mejores intervenciones basadas en evidencia científica”, finalizó el diputado.
Cabe señalar que la propuesta de exhorto fue turno por el Pleno de la LXXIV Legislatura Local, a comisiones para su estudio, análisis y dictaminación.