#DaleUnToque a Cofepris, pero no a los Diputados
Foto. Cortesía

Por: Omar Noé Bernardino Vargas

El uso y la regulación de la marihuana se han convertido en un tema de discusión pública en los años recientes. Los debates sobre la planta en el Congreso y el rápido avance de la legalización en varios estados de EU, así como en algunos países latinoamericanos son una muestra de esto. Además de sus usos medicinales y las consecuencias económicas de su incorporación al mercado legal, nos enteramos cada vez más de nuevos productos derivados de CANNABIS

Hace unos años, tanto en México como en gran parte del mundo, la marihuana era un tabú del que pocos se atrevían a hablar abiertamente.

Ayer la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) generó una jurisprudencia en la que avaló el cultivo para el uso recreativo de la marihuana, lamentablemente esto no implican una legalización para que el Poder Legislativo, trabaje en la materia, aunado que no estará permitido consumirla sin un permiso.

Recordemos que cuando la SCJN genera una jurisprudencia significa que el criterio es de aplicación obligatoria para jueces y tribunales federales

Es decir, que en el caso del uso lúdico del cannabis, se requiere:

1. Acudir a la Comisión Federal de Protección a Riesgos Sanitarios (Cofepris) a solicitar un permiso para cultivar la semilla con fines de consumo recreativo.

2. Debido a que la Ley General de Salud establece una prohibición a la expedición de este tipo de permisos, el solicitante recibirá de entrada una negativa.

3. Ante esta negativa podrá acudir ante un juez de amparo para que, en aplicación de la jurisprudencia, se le permita cultivar el cannabis para consumirlo con fines lúdicos.

4. El juez de amparo que conozca del asunto no podrá negar la protección constitucional y, de hacerlo, corresponderá a un tribunal colegiado aplicar la jurisprudencia y conceder la petición del ciudadano.

5. Una vez obtenido el triunfo en el juicio de amparo, la Cofepris deberá expedir el permiso solicitado por el ciudadano.

LOS RETOS:

Debido a que la semilla debe ser importada, pero las leyes mexicanas aún la contemplan como producto prohibido, será importante conocer hasta donde, El Poder Legislativo, tendrá facultades para legislar en la materia, de la misma manera la SCJN en su jurisprudencia no establece claramente de qué modo los ciudadanos podrán adquirir la semilla de la MARIHUANA de manera legal para cultivarla.

Hasta ahora la Corte sólo ha emitido un amparo en el que se ordenó a la Cofepris expedir un permiso al ex candidato presidencial, Armando Ríos Píter para “adquirir la semilla, sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar” el cannabis.

En su resolución la SCJN estableció que la Cofepris es la autoridad encargada de determinar la modalidad y cantidad máxima de adquisición de semillas de la planta referida a través del otorgamiento de permisos especiales y/o tenedores legales con los controles administrativos que correspondan.

SIN TOQUE ó CON TOQUE Nos vemos en los siguientes #VALEscenariosPolíticos ?