La queja se refiere a diputados que habrían “aprovechado” la pandemia mundial de Covid-19 para promocionar su imagen
Morelia, Michoacán.- El Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción en Michoacán, presentó una queja ante el Instituto Electoral de Michoacán el pasado viernes 29 de mayo, en contra de tres diputados locales quienes al parecer, habrían aprovechado la pandemia mundial de Covid-19 para promocionar su imagen.
La queja sustentada en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, refiere el “presunto uso indebido de recursos públicos y la promoción personalizada atribuibles a la diputada Brenda Fabiola Fraga Gutiérrez, diputado Francisco Cedillo de Jesús y diputado David Alejandro Cortés Mendoza”
“Derivado de la entrega y distribución de despensas, material sanitario y médico, todo ello en el marco de la contingencia sanitaria que se enfrente a nivel internacional, nacional y estatal”.
La queja que presentó el CPC Anticorrupción fue avalada en la sesión del pasado lunes 25 de mayo, luego de que en redes sociales los diputados mencionados han promocionado sus publicaciones en las que se les ve entregando despensas y material médico, así como cubrebocas y gel antibacterial.
En el caso de las despensas el Congreso de Michoacán adquirió 40 mil despensas que son/fueron repartidas por cada uno de los 40 diputados que lo integran, es decir, cada uno recibió mil despensas para entregar en sus distritos y se informó que se revisarían los padrones para no otorgarlas a quienes ya reciben apoyos directos de los gobiernos estatal y federal.
En algunos casos los diputados recibieron sus despensas y las entregaron sin hacer “alarde” de ello, ni fotografías, ni publicaciones en redes sociales que dieran cuenta del acto; en cambio otros, no solo publicaron imágenes de las despensas que habrían de entregar, sino que también promocionaron su imagen con fotografías en las que son ellos quienes “presumen” las entregaron directamente a los beneficiados”.
Ante los hechos el CPC Anticorrupción argumenta:
“Solicitamos se inicien los procedimientos ordinarios correspondientes, toda vez que las conductas señaladas resultan violatorias de lo establecido en el párrafo octavo del articulo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mismo que establece que la propaganda bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan los poderes o entes públicos, cualquiera que sea su nivel u orden de gobierno, deberán tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social, y que en ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público”.