Garantiza el estado de Coahuila otorgar protección jurídica a quien defienda a su familia
Coahuila.- El Congreso del estado de Coahuila, aprobó modificaciones a las leyes en materia de delitos penales, y se establece que no habrá sanciones penales para aquella persona que en legítima defensa de sus familiares y posesiones lesione o mate a un delincuente armado que signifique una amenaza.
La propuesta fue hecha desde marzo de 2018 por el diputado del PAN, Juan Carlos Guerra López Negrete, y fue discutida durante la sesión del pleno del Congreso local este miércoles.
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Juan Carlos Guerra manifestó que la iniciativa se sometió a votación después de año y medio debido a que existían observaciones por parte de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Coahuila sobre el derecho a la defensa de la vida, “había observaciones a favor de los criminales o los invasores de la propiedad privada”, expuso.
En la reforma, quedó establecido que Artículo 57 (Defensa legítima privilegiada)…- “se considera que obra en defensa legítima privilegiada quien cause cualquier daño, lesione o prive de la vida a un extraño, siempre y cando éste sin motivo lícito, realice una conducta o emplee un medio físico o porte un arma que involucren un peligro para la vida o la integridad corporal para quien cause daño o para otra u otras personas del lugar donde el extraño perpetra o intente penetrar sin causa lícita”.
Coahuila, al igual que otros estados modifica sus leyes para despenalizar la legítima defensa, pero además, buscan darle protección jurídica a aquella persona que en procuración de la defensa de su integridad o la de su familia y/o personas que lo acompañen en su domicilio o lugar de trabajo, le quite la vida a su agresor.