Morelia, Michoacán.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) echó abajo los lineamientos con que el Instituto Nacional Electoral (INE) pretendía regular la promoción de actores políticos y candidatos independientes en las elecciones.
Con el voto en contra de los magistrados Reyes Rodríguez Mondragón e Indalfer Infante Gonzales, la Sala Superior revocó los lineamientos para garantizar la equidad de la contienda entre los participantes en la contienda electoral.
Con base en sus argumentos, el INE excedió sus facultades normativas e invadió las atribuciones del legislador al intentar emitir una regulación sobre el artículo 134 constitucional, además de limitar indebidamente los derechos fundamentales de la liberta de expresión y de la información.
A la par, el magistrado, Alfredo Fuentes Barrera, consideró que “se excede en su marco competencial de autoridad administrativa, lo anterior porque el acuerdo sujeto al escrutinio constitucional de esta sala superior si generó categorías no previstas en la ley, conceptualizó procedimientos, delimitó derechos, estableció diversos mecanismos que son competencia exclusiva del Congreso de la Unión”, dijo.
Con ello, el Tribunal Electoral atendió las 348 impugnaciones que se presentaron en contra de estos lineamientos llamados de “cancha pareja”, incluida la queja interpuesta por la Presidencia de la República.
Por lo que sólo resta que se resuelva las impugnaciones a los lineamientos relativos a la aparición de los dirigentes en los tiempos de radio y televisión que el INE asigna a sus respectivos partidos, cuando tienen alguna aspiración por un cargo de elección popular.
Cabe señalar que, entre otras cuestiones, el INE estableció que los funcionarios públicos que aspiren a una candidatura no podrían promoverse con recursos públicos ni privados.