Busca Alfredo Ramírez elevar penas a conductores que causen daños en estado de ebriedad
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Actualmente, el Código Penal reduce la sanción a la mitad en casos de homicidio y lesiones culposas, señala el diputado

Morelia, Michoacán.- El diputado Alfredo Ramírez Bedolla promueve en el Congreso del Estado una reforma al Código Penal de Michoacán para elevar las penas impuestas a personas involucradas en homicidios y lesiones por conducir en estado de ebriedad, o bajo la influencia de sustancias psicotrópicas.

El legislador de Morena señaló que el Código Penal de Michoacán resulta ofensivo para las víctimas directas o indirectas de conductores que manejan ebrios o bajo el influjo de alguna droga, así como de aquellos que conducen de forma imprudente, ya que lejos de sancionar con mayor dureza su irresponsabilidad, plantea que se les imponga la mitad de la pena prevista en casos de homicidios y lesiones.

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El Artículo 137 del Código Penal, referente a homicidio o lesiones culposas con motivo de tránsito vehicular, estipula que “se impondrá la mitad de las penas previstas en los artículos 117 y 125, respectivamente, cuando se den los siguientes casos: el sujeto activo conduzca en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes, o psicotrópicos u otras substancias que produzcan efectos similares; conduzca peligrosa o temerariamente; no auxilie a la víctima o se de a la fuga; o se trate de un vehículo de transporte público de pasajeros”.

Con su iniciativa, que ya se encuentra en la Comisión de Justicia para análisis y dictaminación, Alfredo Ramírez pretende invertir el sentido del Artículo 137, de tal manera que no se puedan reducir las penas en los casos antes referidos, y que el homicidio en esas condiciones sea sancionado hasta con 20 años de prisión. Además, cuando el conductor involucrado en los hechos no cuente con licencia de conducir vigente, la pena aumentará en un cuarto.

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Con su iniciativa, que ya se encuentra en la Comisión de Justicia para análisis y dictaminación, Alfredo Ramírez pretende invertir el sentido del Artículo 137, de tal manera que no se puedan reducir las penas en los casos antes referidos, y que el homicidio en esas condiciones sea sancionado hasta con 20 años de prisión. Además, cuando el conductor involucrado en los hechos no cuente con licencia de conducir vigente, la pena aumentará en un cuarto.


El diputado Ramírez Bedolla dijo que la aprobación de la reforma que propone debe ser considerada prioritaria al inicio del segundo año legislativo, ya que el actual Código Penal, en su Artículo 137, agravia a la sociedad, alienta la impunidad y no contribuye a promover una actitud responsable al volante.