• El pleno de la LXXIV legislatura aprobó el retiro forzoso del Magistrado Arturo Bucio Ibarra
• Se emitirá la primera Convocatoria Pública exclusiva para mujeres para la elección de Magistrada de la Segunda Sala Administrativa Ordinaria del Tribunal de Justicia Administrativa
Morelia, Michoacán, 28 de diciembre de 2020. Las y los diputados integrantes de la septuagésima cuarta legislatura del Congreso del Estado, aprobaron la licencia a Juan Antonio Magaña de la Mora, al cargo de Magistrado del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, por el término de cinco meses, que comprenden el período del 6 de enero al 6 de junio del 2021.
El pasado 25 de noviembre del presente año, el Congreso del Estado recibió la solicitud de licencia revocable del Magistrado Juan Antonio Magaña de la Mora, para separarse de su cargo de Magistrado del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, por el término de cinco meses.
Dicha licencia, en la cual manifestó su interés en participar en el proceso electoral en curso, se analizó en la Comisión de Justicia, por lo que las y los diputados integrantes de esta Comisión dictaminadora consideraron procedente la misma, según lo establece la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
De igual forma en esta sesión ordinaria, el Pleno del Congreso del Estado aprobó el retiro forzoso del Magistrado Arturo Bucio Ibarra y con ello la emisión de la primera Convocatoria Pública abierta exclusivamente a mujeres para la elección de Magistrada de la Segunda Sala Administrativa Ordinaria del Tribunal de Justicia Administrativa, por un periodo de cinco años, con la finalidad de recibir solicitudes de aspirantes al cargo.
Esto toda vez que, Arturo Bucio Ibarra fue electo Magistrado del Tribunal de Justicia Administrativa por un primer periodo constitucional de tres años en términos de lo señalado en el propio transitorio quinto referido y reelecto en dos ocasiones, por lo que quedó exento de desempeñar su encargo por el tiempo máximo de quince años conforme a lo dispuesto en los artículos 78 y 95 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo.
Por esta razón las y los diputados integrantes de las comisiones unidas de Justicia y de Gobernación, consideraron que Arturo Bucio Ibarra debe cesar sus funciones y por ende acordarse su retiro forzoso al concluir los tres periodos constitucionales para los que fue electo consecutivamente, aunado a ello el Poder Legislativo se ve en la posibilidad de emitir la convocatoria correspondiente conforme a la reforma constitucional en materia de paridad de género.
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