Momentos antes de que venciera el plazo legal que los propios diputados establecieron, el Congreso de Michoacán aprobó un programa de generalidades para el retiro anticipado de jueces
Morelia, Michoacán.- La noche de este viernes el Congreso del Estado de Michoacán aprobó un Programa con generalidades para el retiro anticipado de juezas y jueces. Los diputados lo hicieron momentos antes de que venciera el plazo legal que ellos mismos establecieron.
La propuesta de Programa apenas fue entregada ayer al Congreso por el presidente del Poder Judicial, Jorge Reséndiz García, y al fast trak -es decir a toda velocidad- fue dictaminado en la tarde por la Comisión de Justicia, a fin de dejar correr el plazo de 24 horas para su publicidad previsto en la Ley antes de arribar al Pleno para su lectura, discusión y votación, lo que ocurrió hoy, poco antes de vencerse el plazo legal que los diputados establecieron en la reforma a la Constitución local aprobada el pasado 24 de octubre.
El Programa está cargado de generalidades y mandata que sea el Consejo del Poder Judicial y el Poder Ejecutivo quienes se coordinen para la elaboración de los Lineamientos conducentes, conforme a sus respectivas competencias.
La diputada Belinda Hurtado, alertó sobre las inconsistencias del documento, al referir que en él no se menciona ni fechas, ni montos, “entonces va a existir una gran incertidumbre, entonces en qué momento se van a poder retirar las juezas y jueces, ¿a quién le toca definir?, se habla de lineamientos pero estamos sobre tiempo, además estamos devolviendo y dando al Judicial el poder de definir sobre los presupuestos”.
Pese a sus cuestionamientos, Belinda Hurtado votaría a favor del Programa, el cual obtuvo 28 votos a favor y seis abstenciones, éstas últimas de los legisladores del PAN y de Movimiento Ciudadano.
El líder parlamentario del PT, Reyes Galindo, señaló que de parte de algunos integrantes de la Junta de Coordinación Política han planteado tener una reunión de manera inmediata con las comisiones de Justicia y Asuntos Electorales para poder ir delineando lo relacionado a los lineamientos del programa, a la emisión de la convocatoria y a las reformas de leyes secundarias que se precisan, al tiempo que aseguró que el Congreso tiene todo para dar certeza al proceso.
Por su parte Teresita Herrera, coordinadora de la bancada del PAN informó que aún no hay consenso en la definición de los referidos lineamientos, “en el PAN hacemos votos para que se logren a la brevedad posible y dar certeza a los juzgadores”.
Consideró que la reforma al Poder Judicial no puede ser celebrada, pues “ya sabemos que la definición de nuevos magistrados puede ser motivo de intromisión de fuerzas políticas”.
Dicho Programa aplicará para de las personas juzgadoras que se encuentren en funciones como titulares de alguno de los juzgados del Poder Judicial del Estado de Michoacán y decidan declinar a su candidatura antes de la emisión de la Convocatoria para el Proceso de Elección para los cargos de juezas y jueces del año 2025.
Lo que sí se determina en lo aprobado por el Congreso es el carácter obligatorio del Programa para las juezas y los jueces interesados en el retiro anticipado, así como para las autoridades y áreas administrativas responsables de su implementación.
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En el artículo séptimo se determina que el Programa se desarrollará a través de acciones estratégicas, por lo que se refiere exclusivamente a la retribución que ha de otorgarse a quienes decidan no ser candidatos en la elección extraordinaria del año 2025, y que no se encuentren en proceso de jubilación o próximos a jubilarse, por lo tanto, no se consideran parte del Programa sus derechos laborales, incluidos los de jubilación, los cuales quedan a salvo para que puedan ejercerlos ante la instancia correspondiente.
Agrega además en el artículo octavo que el Programa, operará con los recursos aprobados y asignados en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado del ejercicio fiscal correspondiente, con apego a las disposiciones normativas aplicables.
El Consejo del Poder Judicial, en el ámbito de su competencia, será la instancia encargada de la aplicación del Programa y le corresponderá establecer los métodos y procedimientos de control y seguimiento para normar y regular su ejecución, así como para resolver los casos no previstos en el mismo.