Anulan en Japón requisito de esterilización para personas trans, para realizar cambio de género en documentación oficial
Japón.-La Corte Suprema de Japón, anuló el requisito que obligaba que personas que buscaran el cambio de género en documentación oficial, tuvieran que someterse a la esterilización.
De acuerdo con información expuesta por “Sentido G”, la ley japonesa de 2003, manifestaba que para el cambio de género en documentación, se le exigía a la persona la ausencia de órganos reproductivos, con lo que obligaba a la población trans someterse quirúrgicamente a la esterilización, dicho proceso fue considerado en 2019 por la Corte Suprema como constitucional.
Pero el pasado miércoles la Gran Sala conformada por 16 jueces del tribunal, dictaminó y tras votación consideró como inconstitucional dicho requisito.
Se argumentó que la medida obliga a la población a tener que decidir entre la cirugía de esterilización o renunciar a obtener beneficios legales de acuerdo a su identidad de género.
A pesar de la determinación, la Corté Suprema no ha abordado otros aspecto de la ley, como es el que se obliga a presentar diagnóstico por al menos dos médicos, sobre la disforia de género, sometan a una cirugía de afirmación de género, o tema de que se les obliga a no estén en matrimonio y no tengan hijos menores de 18 años para el proceso de cambio de documentación.
Ingresa a: Organización pro LGBT pide a diputados ley contra terapias de conversión
De acuerdo con el medio, la decisión del Tribunal Supremo se produjo a aproximadamente menos de dos semanas de que un tribunal de familia japonés fallara a favor del ciudadano Gen Suzuki, un hombre transgénero de 48 años de edad que en 2021 presentó demanda para solicitar el cambio de género en su documentación oficial, pero sin tener que someterse a una cirugía que afirmara su género.