Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Michoacán
Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Michoacán

Derivado de la suspensión de actividades en dependencias, entidades y órganos desconcentrados de la Administración Pública Estatal, se amplió el plazo hasta el 31 de julio

Morelia, Michoacán, 26 de mayo de 2020.- El Pleno de la Legislatura 74, modificó la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Michoacán, con la propuesta de ampliar el período para que los servidores públicos presenten su declaración patrimonial, en razón de la suspensión de actividades en oficinas de la Administración Pública Estatal por la pandemia de COVID-19.

Así, la Comisión Jurisdiccional, presidida por la diputada Adriana Hernández Íñiguez e integrada por Mayela del Carmen Salas Sáenz y Miriam Tinoco Soto, expuso en el dicmen que en el Estado se han dictado diversas medidas encaminadas para preservar la salud pública, derivadas de la pandemia nacional por COVID-19, motivo por el cual, se estableció el Acuerdo Administrativo por el que determinó días inhábiles para efectos de actos y procedimientos administrativos, sustanciados por dependencias, entidades y órganos desconcentrados del Poder Ejecutivo del Estado, así como la suspensión de actividades en las oficinas de la Administración Pública Estatal.

Por tal motivo y recordando que la Ley antes citada establece que los servidores públicos están obligados a presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses durante el mes de mayo, los diputados locales estimados que no existen condiciones para los que están obligados, pueden presentar sus respetivas declaraciones, así como la constancia de presentación de la declaración fiscal.

De lo anterior, los diputados de la Legislatura 74, aprobaron la modificación de dicho plazo para aquellos funcionarios que deben cumplir con este precepto, tengan hasta el 31 de julio para realizar lo conducente, así así darán cabal cumplimiento con lo que mandata la legislación en la materia.

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