Aclara PEMEX campaña de desinformación sobre contrato de hielo para trabajadores; En instalaciones industriales hay temperaturas superiores a los 40 grados centígrados
Como parte de las reiteradas campañas de desinformación, Latinus ha difundido un reportaje en el que se exponen datos de forma tendenciosa, respecto de contrataciones con las que se da cumplimiento a la Cláusula 71 del Contrato Colectivo de Trabajo que a la letra dice:
“En cada uno de los departamentos y dependencias en que se desempeñe el trabajo o en su inmediata vecindad, el patrón proporcionará agua potable en depósitos adecuados con vasos, bebederos higiénicos y la cantidad necesaria de hielo para la refrigeración del agua, o enfriador-calefactor eléctrico de agua donde lo permitan las normas de seguridad. En épocas de calor o frío, proporcionarán el equipo que se requiera para mantener una temperatura conveniente y saludable en los locales de trabajo”.
Contrario a lo que se menciona en la nota, estos servicios resultan prioritarios para más de 77 mil trabajadoras y trabajadores que día a día realizan funciones en 475 instalaciones industriales y administrativas en los estados de Oaxaca, Puebla, Veracruz, Chiapas y Tabasco; así como las ciudades de Ciudad de Carmen y Mérida. La mayor parte de las instalaciones se ubican en lugares aislados donde no se pueden obtener de manera rápida insumos de primera necesidad como los ya mencionados. En el exterior de algunas de ellas, las temperaturas llegan a ser superiores a los 40 grados centígrados.
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En ese contexto se llevó a cabo la contratación de suministro de agua potable para consumo humano, para los años 2021-2023, publicando la convocatoria el 9 de noviembre de 2021. A continuación se explica a grandes rasgos, lo que contempla el contrato:
La empresa CLR y Asociados SA de CV en propuesta conjunta con Rosa María Reyes Gómez resultaron adjudicadas debido a que las otras cuatro participantes, no cumplieron con los requisitos técnicos necesarios para la contratación.
El monto adjudicado para 2021, 2022 y 2023 es de mínimo $14,186,808 y máximo de $170,241,607
Para la ejecución de este primer contrato, se contempla el suministro de agua en envases de 20 litros, colocados en exhibidores y dispensadores proporcionados por la contratista, así como botellas de 500 y 1,500 mililitros.
Ahora bien, el día 11 de noviembre se publicó la convocatoria para el concurso abierto, cuya finalidad fue el suministro de hielo para consumo humano.
El 22 de diciembre se emitió el fallo mediante el que se adjudicó al proveedor CLR y Asociados SA de CV en propuesta conjunta con CAAGIMAR SA de CV, quienes cumplieron comercial, técnica y económicamente.
Este contrato trianual contempla proveerlo en los estados de Chiapas y Tabasco, el monto adjudicado fue de mínimo $7,867,676 y máximo $94,412,650
Para la ejecución de este segundo contrato, el proveedor adjudicado deberá suministrar y distribuir el hielo en bolsa de polietileno de baja densidad en presentación de 5 kilogramos en los muebles conservadores del producto proporcionados por la contratista para tal fin, en las cantidades y ubicaciones solicitadas en cada orden de suministro.
Ambos casos expresan cantidades sin IVA y en ninguno es obligatorio para Pemex agotar el monto máximo del contrato. En ambos, se incluye el transporte por parte del PROVEEDOR desde la planta de producción hasta los puntos de consumo indicados en cada orden de suministro. Asimismo, el proveedor de hielo deberá limpiar y desinfectar los muebles conservadores por dentro y por fuera cada 15 días, de acuerdo con la Norma Oficial Mexicana NOM-201-SSA1-2015.
Pemex promueve la participación conjunta, con la finalidad de que se fomente la contratación de micro pequeñas y medianas empresas, objetivo que se planteó en la actual administración.
Por lo anterior, reiteramos que la información difundida por el medio de comunicación es sesgada e imprecisa, toda vez que de conformidad con el inciso c), del numeral V.2, de las Políticas y Lineamientos de contratación de Pemex no fue necesario solicitar la participación del testigo social debido a que de las licitaciones públicas señaladas en el reportaje, en ninguna, el monto de las contrataciones fue superior a 25 millones de dólares, circunstancia a partir de la cual hubiese sido necesaria la presencia del testigo social.