La Iglesia Católica recibió cerca de 40 casos el año pasado, de los cuales aproximadamente 32 fueron anulados
Morelia, Michoacán.- Aproximadamente 40 solicitudes de anulación matrimonial fueron recibidos durante 2018 por la Iglesia Católica en Michoacán, de los cuales una treintena fueron declarados procedentes de anulación, informó el arzobispo de la Arquidiócesis de Morelia, Carlos Garfias Merlos, quien confirmó que el indicador va a la alza.
“Es en el Tribunal Eclesiástico donde se atiende a todos aquellos que se acercan para presentar su solicitud y estamos buscando aplicar el procedimiento breve para que se pueda dar la respuesta lo más pronto posible, de si hay causales de anulación o no hay posibilidades. En este momento están acudiendo más las personas, se ha ido teniendo una mayor confianza para acercarse al tribunal y naturalmente esta aumentando el numero de solicitudes”, explicó.
El presbítero, hizo énfasis en que no se trata de un “divorcio” como en la parte civil, sino que se anula un matrimonio católico únicamente cuando hay las causales que la Iglesia considera para calificar un matrimonio como nulo; y a pesar de que de las 40 solicitudes de anulación recibidas el año pasado la mayoría fueron aprobadas, Garfias Merlos, destacó que una gran cantidad de solicitudes no son con las causales suficientes para iniciar el proceso.
Ahí, refirió que el conflicto interno en los matrimonios es el principal motivo por el que acuden la parejas a solicitar la anulación y otros que exigen un “divorcio” parecido al de los juzgados civiles, contrario a estos, se inicia todo un procedimiento y estudio para saber si en su momento hubo validez o no en el matrimonio que se realizó y de ahí iniciar con el proceso o rechazarlo.
“Las personas vienen más a los conflictos posteriores y hay muchos casos en los que es claro que no hay causales para implementar el procedimiento”.
Es importante mencionar que según fuentes católicas consultadas, la nulidad del matrimonio se entre otras por las siguientes causas: consanguineidad, parentesco legal, edad (en el caso de las mujeres que haya sido menor de 14 años y en el caso de los varones menor de 16), falta de capacidad mental, impotencia, disparidad de cultos, rapto, por matrimonio bajo condición de futuro y matrimonio contraído por violencia.
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